El Supremo asumió la doctrina de la Justicia europea por la que los afectados por cláusulas suelo abusivas pueden recuperar todo lo pagado de más.

-¿Qué es una cláusula suelo? Es una condición frecuente en los contratos de las hipotecas variables sobre vivienda según la cual el tipo de interés nunca bajará de un nivel determinado (en torno al 3%, como media) aunque lo haga el Euribor. Los bancos las usaron con profusión para blindar sus rendimientos y las incluían en los contratos en paralelo a las cláusulas techo, que sobre el papel evitan que el interés suba de un nivel determinado para el cliente.

-¿Son abusivas todas las cláusulas suelo? Para ser anulada por los tribunales, la cláusula suelo debe ser considerada abusiva. Lo es, según la doctrina que el Supremo acaba de confirmar, cuando no se informó de forma adecuada al cliente o aparece "escondida" o sin destacar suficientemente en el contrato. Se entiende también que la cláusula es abusiva si el banco no facilitó al cliente simulaciones con escenarios diversos sobre los efectos sobre la cuota.

-¿Cómo se compensa a los hipotecados que obtienen fallos favorables? Hasta ahora, el Supremo limitaba la compensación a la devolución de las cantidades pagadas de más desde mayo de 2013. Sin embargo, el Tribunal Europeo de Luxemburgo suprimió el límite y estableció la retroactividad total.

-¿Quiénes pueden reclamar y a través de qué vías? Los hipotecados con cláusulas suelo pueden reclamar directamente al banco y utilizar el mecanismo extrajudicial aprobado por el Gobierno. En vía judicial, puede reclamar la devolución completa cualquier afectado cuya cláusula sea abusiva y que no hubiera pleiteado antes obteniendo una sentencia firme que diera pie a una compensación restringida (desde mayo de 2013).