La Audiencia Nacional rechazó suspender de forma cautelar la venta del Banco Popular al Banco Santander tal y como habían solicitado varios particulares en sus recursos presentados contra la resolución del Fondo de Reestructuración Ordenada Bancaria (FROB) que ejecutó la operación. La sección Quinta de la sala de lo Contencioso expone en un auto que el FROB siguió lo acordado por la Junta Única de Resolución (JUR), organismo europeo del sistema financiero, y que la suspensión dejaría sin efecto la decisión de ésta. Precisa que los perjuicios invocados se deben reclamar en otros tribunales europeos competentes sobre la JUR.

"La paralización pretendida [...] conllevan un riesgo para el interés público", reza el auto en el que la Audiencia expone que fue el organismo europeo el que valoró "las graves dificultades en las que se encontraba la entidad". Hasta ahora se han registrado más de 250 recursos, que incluyen a más de 6.000 apelantes entre personas físicas y jurídicas, contra la operación.

La presidenta de la JUR, Elke König, aseguró ayer por su parte que la operación fue un "logro" aunque reconoció que tuvo "hasta cierto punto mucha suerte" porque hubo un comprador con la "voluntad y capacidad" de adquirir su cartera.