La ministra de Hacienda, María Jesús Montero, avanzó ayer que los padres que hayan cobrado permisos de paternidad en los últimos cuatro años también podrán reclamar la devolución del IRPF, igual que ocurrirá con los permisos de maternidad. En Galicia, según los datos disponibles en la Seguridad Social, tendrían derecho al reintegro de las retenciones más de 45.400 personas, que son las que disfrutaron de permisos en los últimos cuatro años, que es el periodo no prescrito legalmente.

En declaraciones a los medios, Montero señaló que se devolverá las cantidades retenidas indebidamente tanto a los permisos de maternidad como a los de paternidad. La ministra apuntó que se está ultimando la fórmula para efectuar las devoluciones y confió en que pueda explicarse el procedimiento la próxima semana. El pasado octubre, el Tribunal Supremo declaró exentas del pago del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) a las prestaciones por maternidad percibidas de la Seguridad Social, lo que beneficia tanto a quienes las cobren a partir de ahora como a quienes las recibieron en los últimos cuatro años, que es el periodo no prescrito.

Montero ya cifró entre 1.100 y 1.200 millones de euros el impacto de las devoluciones, si bien en ese momento solo se refería a las de maternidad. Ahora, la ministra amplía la exención de IRPF a los permisos de paternidad, que para los ejercicios 2014 a 2017 beneficiará a 938.584 padres en España, de acuerdo a los datos de la Seguridad Social. Solo en los nueve primeros meses del año, la Seguridad Social abonó 190.053 prestaciones de paternidad, por un importe de 308,6 millones de euros.

El secretario general de los técnicos del Ministerio de Hacienda (Gestha), José María Mollinedo, consideró por su parte que la devolución del IRPF de las prestaciones de paternidad necesitará de un "apoyo legal" para garantizar la seguridad jurídica.

En declaraciones a Efe, Mollinedo expuso desconocer el fundamento jurídico de Hacienda para esta exención, ya que la normativa en la que se basó el Tribunal Supremo para eximir del pago del Impuesto sobre la renta de las Personas Físicas (IRPF) a las prestaciones de maternidad se refiere en exclusiva a éstas.