El Tribunal Supremo ha dado la razón a UGT en una demanda y reconoce el derecho a la carrera profesional de los interinos con contratos o nombramientos temporales superiores a los cinco años al fijar el criterio de que no puede haber discriminación en función de si la relación laboral del personal de una administración es temporal o fija.

En concreto, el alto tribunal da la razón a UGT en una demanda en defensa de una decena de afiliados de los servicios generales de la comunidad.

El Tribunal Supremo resuelve que el personal interino del Govern balear tiene derecho al cobro de la carrera profesional. La sentencia del Supremo fija doctrina casacional y establece que el personal interino tiene derecho a la carrera profesional si tiene contratos o nombramientos temporales superiores a los cinco años. UGT ha subrayado que la resolución abre el cauce para que aquellas personas que cumplan los requisitos puedan ver reconocido su derecho a la carrera profesional.