El Consejo de Ministros aprobará hoy a través de un real decreto-ley la derogación del artículo 52.d del Estatuto de los Trabajadores que permite a los empresarios el despido objetivo de un trabajador por acumular bajas médicas justificadas. La derogación de este artículo fue anunciada por la ministra de Trabajo y Economía Social, la gallega Yolanda Díaz, al poco de llegar al cargo.

Este artículo, que fue modificado con la reforma laboral de 2012, establece que un contrato de trabajo puede extinguirse por faltas de asistencia al trabajo, aún justificadas pero intermitentes, que alcancen el 20% de las jornadas hábiles en dos meses consecutivos, siempre que el total de faltas de asistencia en los doce meses anteriores alcance el 5% de las jornadas hábiles o el 25% en cuatro meses discontinuos en un periodo de 12 meses.

La supresión del 52.d se produce después de que el Tribunal Constitucional, en una sentencia conocida en octubre, avalara la extinción del contrato laboral por causas objetivas si hay faltas de asistencia justificadas aunque intermitentes. La derogación de este artículo no ha formado parte del diálogo social, aunque la ministra sí informó a sindicatos y empresarios de su aprobación. Mientras que los sindicatos CCOO y UGT han celebrado la aprobación, parte de la patronal no lo ve con buenos ojos. El secretario general de UGT, Pepe Álvarez, considera que se debería haber hecho hace ya varios consejos de ministros, porque esta situación "estaba llevando a muchas personas al desempleo".

El presidente de la CEOE, Antonio Garamendi, no se ha opuesto frontalmente a la derogación, aunque ha planteado que los primeros siete días de baja, sobre todo en el caso de las pymes, "los pague la Administración". En su opinión, habría que profundizar mucho más en el tema "porque el absentismo profesional es una realidad en España".