Los beneficiarios de la prestación del ingreso mínimo vital (IMV) a los que se les haya denegado la beca universitaria, por su nivel de renta de 2019, estarán exentos del pago de los precios públicos universitarios durante el curso 2020-2021.

Lo dice así una disposición transitoria, a propuesta del Ministerio de Universidades, incluida dentro de las medidas aprobadas este viernes por el Gobierno sobre el ingreso mínimo vital.

"Sin perjuicio de las exenciones generales del pago de precios públicos por servicios académicos universitarios, esta exención se aplicará a los beneficiarios de la prestación del ingreso mínimo vital que hayan visto denegada su solicitud de concesión de una beca de la Administración General del Estado para cursar estudios posobligatorios en dicho curso por superar los umbrales de renta y patrimonio establecidos en la normativa correspondiente".

Se ha incluido esta redacción en la disposición transitoria quinta del IMV.

También se señala que "reglamentariamente se determinará la compensación a las universidades por la exención del pago de estos precios públicos por servicios académicos".

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