El Gobierno plantea extender los expedientes de regulación temporal de empleo (ERTE) por causas de fuerza mayor hasta el 30 de septiembre, frente a las demandas empresariales de alargarlos hasta el 31 de diciembre, aunque no cierra la puerta a una nueva prórroga . El Ejecutivo de coalición trasladó ayer a los agentes sociales un borrador de Real Decreto-ley que podría ver la luz en el Consejo de Ministros de hoy y que no establece distinciones por sectores para los ERTE, frente a los planteamientos iniciales, pero que sí incluye unas rebajasen las cotizaciones menores a las que se venían aplicando.

El Gobierno pretende también mantener hasta el 30 de septiembre la "prohibición" que estableció al despido por causas objetivas, lo que en la práctica supone encarecer la indemnización a 33 días por año trabajado, frente a los 20 de los despidos procedentes, así como mantener también hasta el 30 de septiembre los contratos temporales, incluidos los formativos, de relevo e interinidad.

En lo que respecta a los ERTE, el texto del Gobierno señala que los de fuerza mayor derivados del Covid-19, que llegaron a afectar a más de 53.000 asturianos, mantendrán su vigencia mientras se mantengan restricciones que impidan o limiten la plena actividad de las empresas, englobando entre dichas restricciones las limitaciones a la movilidad, aforos y equivalentes, si bien se precisa que en todo caso la vigencia de los ERTE finalizará el 30 de septiembre.

De acuerdo con el borrador, las empresas y entidades afectadas por los ERTE deberán proceder a reincorporar a los trabajadores, primando los ajustes en términos de reducción de jornada, y no podrán efectuarse horas extraordinarias ni concertarse nuevas contrataciones si algún trabajador está afectado por un ERTE. "Dichas acciones podrán constituir infracciones en el ámbito social, en virtud de expediente incoado al efecto, en su caso, por la Inspección de Trabajo y Seguridad Social", señala el Gobierno.

El texto contempla que las prestaciones por desempleo asociadas a los ERTE (que se conceden sin necesidad de cumplir el periodo de carencia) se mantendrán hasta el 30 de septiembre (salvo las de los fijos-discontinuos, que serán de aplicación hasta el 31 de diciembre).

La regulación que se dio a mediados de marzo a los ERTE por fuerza mayor derivados del Covid-19 establece una exoneración de cotizaciones del 75% para las empresas que a 29 de febrero de este año tuvieran más de 50 trabajadores y del 100% para las que tuvieran menos de 50. En el caso de los trabajadores que vuelvan a la actividad a partir del 1 de julio, la empresa se beneficiará de una exención de la cuota empresarial por dichos trabajadores del 60% en julio y del 50% en agosto y del 40% en septiembre en el supuesto de que a 29 de febrero de este año su plantilla fuera inferior a 50 trabajadores. Si contaba con más de 50 trabajadores a dicha fecha, la exención alcanzará el 35% en julio, el 25% en agosto y el 15% en septiembre. Estos porcentajes son inferiores a los que se establecieron para la vuelta a la actividad en mayo y junio de los trabajadores en ERTE, ya que esas exoneraciones se movían entre el 45% y el 85% de la cotización empresarial, y ahora, para el periodo julio-septiembre, se sitúan entre el 15% y el 60%.

En el caso de los trabajadores que continúen con sus contratos suspendidos desde el 1 de julio, la exención empresarial será del 35% en julio, del 25% en agosto y del 15% en septiembre para las que tengan menos de 50 empleados. Si tienen más de 50, la exoneración será del 20% en julio, del 10% en agosto y del 5% en septiembre. En este caso, la exención se aplicará al abono de la aportación empresarial y a las cuotas por recaudación conjunta.

El borrador fue discutido en la tarde tarde de ayer en la Comisión Tripartita que analiza la evolución de los ERTE y en la que están presentes sindicatos, empresarios y Gobierno, de cara a aprobarse hoy en el Consejo de Ministros.