El proyecto de presupuestos de la Xunta para 2017 se frotó las manos con los impuestos indirectos. Pese a la deducción del 100% en la cuota de Transmisiones Patrimoniales en la compra de viviendas en zonas rurales, el Gobierno gallego preveía compensar la recaudación del capítulo con el auge del mercado de los pisos de segunda mano y los incrementos disparados previstos en la fiscalidad del juego -un 61% más gracias al formato online- y en el tributo sobre el Daño Ambiental del Agua Embalsada.

En este último caso, las cuentas autonómicas contaban con 2,32 millones de euros más que el ejercicio anterior, cuando alcanzó los 13,9 millones de euros. La subida anual del 19,3% en los ingresos del canon a las hidroeléctricas se debía "a la finalización de las actuaciones de comprobación ya iniciadas", según detalló Facenda, en referencia a las inspecciones a las energéticas para verificar que estaban pagando lo que correspondía en función del tipo y el tamaño de sus instalaciones.

Pero la recaudación efectiva del gravamen se quedó muy lejos de las expectativas. Fueron 11,8 millones de euros. No solo no aumentó, sino que descendió un 15% y así se ha mantenido desde entonces porque el resultado de esas inspecciones acabó, como la ley original del canon, en una maraña de demandas judiciales que el Tribunal Supremo acaba de zanjar con su aval al cobro.

Como la inmensa mayoría de los tributos autonómicos al sector energético, el canon de los embalses nació ya inmerso en la polémica. Impulsado por el bipartito a finales de 2008, los populares, entonces en la oposición, atacaron el gravamen porque podría derivar en un suplemento territorial que encareciese la factura eléctrica en la comunidad. Como así fue, al igual que sucedió con el canon eólico creado por el PP gallego justo a su vuelta a San Caetano.

Las empresas afectadas abrieron una guerra contra el impuesto porque, denunciaron, tenía un marcado carácter "extrafiscal" y supuestamente colisionaba con otros tributos que ya abonaban como el IBI o el IAE. De hecho, todas las demandas apelaban a poner el gravamen en manos del Constitucional y a presentar una cuestión prejudicial en el Tribunal de la UE. Una por una, la sentencias del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) primero y del Supremo después fueron dando la razón a la administración autonómica. Lejos de rendirse, la energética con más intereses en juego por su potente presencia en la producción hidroeléctrica en Galicia, Iberdrola, inició un segundo asalto a propósito de esas inspecciones de la Xunta finiquitadas en 2017.

¿Qué pasó en ellas? Es lo que se denomina en argot fiscal "rectificación censal": la autoridad tributaria repasa si los datos comunicados por los pagadores concuerdan con la documentación oficial en manos de las administraciones.

La discusión pasó a centrarse en la altura del salto (desde la toma de agua hasta el punto donde se devuelve al río), que es uno de los criterios para pagar más o menos. "De la regulación deriva que la base, el tipo y la cuota vienen definidos de forma autónoma en la propia ley, bastando su consideración para liquidar el tributo, siendo indiferente la fuente técnica o reglamentaria de la que en su caso pudieran proceder los conceptos que la ley asume e incorpora", falla el Supremo.

Iberdrola insiste en la cuestión de fondo, en la ley del canon, para intentar tumbarlo. Y no gusta en el alto tribunal, al que "no parece un uso natural y conforme con el principio de buena fe" la "técnica de aprovechar la impugnación de un acto administrativo" para "orientar el proceso, de modo exclusivo, a combatir de un modo general y abstracto, no ya una norma reglamentaria, sino la norma con rango de ley que crea y regula el impuesto", incluidas las consultas al Constitucional y la UE. Con esos mismos argumentos, el Supremo acumula varias sentencias durante los últimos tres meses en la misma línea frente a los recursos de la compañía por sus diferentes hidroeléctricas.