El Tribunal Supremo ha ratificado que, cuando se anule la cláusula abusiva que atribuía todos los gastos hipotecarios al consumidor, el cliente deberá pagar el impuesto de Actos Jurídicos Documentados, el banco, el registro de la propiedad, y ambas partes deberán abonar a la mitad los gastos notariales. Así, confirma la doctrina sobre la nulidad de las cláusulas abusivas que descargan en el consumidor todos los gastos de un préstamo hipotecario.