La Seguridad Social comenzó a aplicar ayer la llamada tarifa plana en la cotización a los autónomos societarios, lo que supone un cambio total de criterio ante la jurisprudencia del Tribunal Supremo.

Esta variación interpretativa realizada por la Tesorería General de la Seguridad Social fue aplaudida ayer por las asociaciones mayoritarias de autónomos ATA y UPTA, que consideraron que "ya era hora" de que se aplicara lo recogido en tres sentencias del Supremo.

Hasta ahora en las resoluciones de alta de los autónomos societarios se dejaba sin efecto la bonificación (tarifa plana) establecida el Artículo 31 de La Ley 20/2007, de 11 de julio, del Estatuto del Trabajo Autónomo. "Con este nuevo criterio, aquellos a los que no se les aplicase la tarifa plana en su momento, tienen derecho a que se revise, para lo que tienen que solicitarlo de forma expresa a la Seguridad Social", explicó ayer el presidente de UPTA, Eduardo Abad.

Según Abad, además de aplicarse a partir de ahora a todas las nuevas altas, también se estimarán los recursos de alzada que estén pendientes de resolución.

Para las resoluciones que ya sean firmes en vía administrativa, porque no se impugnaran en su momento o hubiera recaído resolución desestimatoria dictada en alzada, que impidieran la aplicación de dichos beneficios, podrán ser revisadas siempre que lo soliciten los interesados.

Rafael Granados, presidente de ATA Galicia, va más allá. La comunidad gallega cuenta actualmente con 208.584 autoempleados, de los cuales "cerca de 70.000 son autónomos societarios". De éstos, a su juicio tendrán derecho a reclamar "todos los autónomos societarios que se hubiesen dado de alta a partir de 2016 siempre que cumpliesen los criterios establecidos en cada momento para recibir la tarifa plana".

La reclamación consiste en "la devolución de lo que han pagado a mayores de la tarifa plana, es decir, unos 300 euros mensuales".

Según Granados, los más probable es que "se abra un nuevo frente judicial" en el que las asociaciones "nos ponemos a disposición de los autónomos para ayudarles a la hora de presentar las reclamaciones". "Teníamos razón y nos la han dado", declaró ayer el presidente nacional de ATA, Lorenzo Amor, tras calificar de "muy importante" el cambio de criterio "que devuelve un derecho que tenían por ley los autónomos societarios".

Hasta ahora, el criterio interpretativo que realizaba la Tesorería General de la Seguridad Social impedía que los nuevos autónomos societarios pudiesen acogerse a la tarifa plana. Tras varias sentencias del Tribunal Supremo en contra de este criterio, la Tesorería emitió finalmente un oficio asumiendo el cambio de criterio, de forma que se permita a los autoempleados socios de firmas mercantiles acceder a los beneficios de la cotización previstos en la ley. Han tenido que ser los tribunales los que, de nuevo, "legislen a golpe de sentencia", aseveró Eduardo Abad.