La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) ha desestimado la demanda sobre conflicto colectivo presentada por la CIG contra Stradivarius (Grupo Inditex) por la modificación de condiciones de trabajo en la reapertura de las tiendas tras el confinamiento por el COVID-19.

El tribunal considera que todas las medidas adoptadas por Stradivarius España SA “han estado encaminadas a minimizar la magnitud de los riesgos de un posible contagio al que estaban expuestas las personas trabajadoras y preservar su salud”. Los jueces concluyen que esas normas, “temporales y excepcionales”, no suponen una modificación sustancial de condiciones de trabajo que afecta a 96 personas, en su mayoría mujeres, que prestan servicios en los cinco establecimientos que tiene la compañía en A Coruña, Santiago y Narón.

La demanda fue presentada debido a la creación de turnos estancos, una medida destinada “a delimitar el número máximo de personas por turno” a modo preventivo.