El Gobierno extiende hasta el 31 de diciembre de este año la moratoria concursal, según se recoge en el real decreto-ley de medidas extraordinarias para garantizar la solvencia empresarial aprobado ayer por el Consejo de Ministros.

El decreto amplía un mes, hasta abril de este año, el periodo para poder retrasar el pago de deudas tributarias sin intereses de demora. De esta forma, se extiende el derecho que ya tenían las empresas de aplazar las liquidaciones tributarias en el primer trimestre del año, incluyendo, ahora, abril. La extensión hasta diciembre de la moratoria concursal, según indicó la vicepresidenta económica, Nadia Calviño, responde a la necesidad de que las empresas viables en condiciones normales de mercado cuenten con instrumentos legales que les permitan mantener su actividad y el empleo.

De forma específica, se extienden las moratorias relativas a la exención del deber del deudor de solicitar la declaración de concurso y la no admisión a trámite de las solicitudes de concurso que presenten los acreedores; se amplía el plazo para renegociar, tanto los acuerdos de refinanciación y acuerdos extrajudiciales de pago (ambos son instrumentos previos al concurso), como los propios convenios concursales; y se amplían hasta el 31 de diciembre de 2021 las medidas procesales que agilizan los procesos, como la tramitación preferente y el fomento de la subasta extrajudicial.

Según Economía, esta extensión proporcionará un periodo para abordar los procesos de análisis y reestructuración de las empresas sin desencadenar una “innecesaria pérdida de valor”, en tanto se moderniza y agiliza el régimen concursal, favoreciendo la “acción temprana” y los acuerdos de reestructuración de las deudas, con el fin de evitar la destrucción de empleo y de tejido productivo. Adicionalmente y con el objetivo de reforzar la solvencia de las empresas, se amplían también los plazos de ejecución de proyectos financiados por la Secretaría General de Industria.