Los expedientes de regulación temporal de empleo (ERTE) financiados por el Estado son la medida estrella del Gobierno para preservar el empleo frente al golpe de la pandemia. Un informe del Banco de España revela que esta herramienta fue muy efectiva para salvaguardar los puestos de trabajo en el confinamiento de la pasada primavera (el 70% del personal afectado en el segundo trimestre volvió al trabajo en el tercero) pero ha ido perdiendo fuelle según se prolonga la crisis del COVID. Solo el 32% de los trabajadores afectados por un ERTE en el tercer trimestre de 2020 volvió a trabajar en el cuatro. Del resto, el 7% se fue al paro y el 61% se quedó en suspensión laboral. Además, cuanto más dura el expediente, menor es la probabilidad de reincorporarse. Con la misma lógica de los últimos meses, de los 21.500 trabajadores que hay en ERTE en la provincia de A Coruña solo unos 6.900 tienen probabilidades de volver al trabajo a corto plazo. Los otros 14.600 se juegan su puesto de trabajo a una evolución empresarial incierta.

“Ante la perturbación exógena y de naturaleza temporal, los ERTE ofrecieron un mecanismo efectivo de ajuste de los costes laborales de las empresas, que habría acabado favoreciendo la vuelta al empleo tras el progresivo levantamiento de las restricciones durante a lo largo del proceso de desescalada”, afirma el Banco de España respecto a los primeros expedientes de regulación iniciados hace un año. El documento publicado esta semana —con el título Los ERTE en la crisis del COVID-19: un primer análisis de la reincorporación al empleo de los trabajadores afectados— es más crítico respecto a la utilidad de esta herramienta una vez superado el primer estado de alarma.

Partiendo de microdatos de la Encuesta de Población Activa (EPA), el supervisor concluye que, por una parte, “el retorno al empleo efectivo en el tercer trimestre [de 2020] de los trabajadores que entraron en un ERTE en el segundo fue muy elevado”, con una tasa de incorporación del 70% (del resto, el 20% siguió en ERTE y el 10% se fue al paro). Por otra parte, en el cuarto trimestre del año pasado “se observa que la probabilidad de los afectados por un ERTe en el tercer trimestre de volver al empleo efectivo disminuyó de manera muy apreciable, hasta el 32%”. El Banco de España considera que esta bajada “reflejaría el freno al proceso de recuperación del mercado de trabajo observado en la parte final del año”.

Otro factor relevante es la comparación entre las posibilidades de volver a trabajar de alguien que se ha quedado en el paro respecto a un trabajador acogido a un ERTE. Entre las personas que resultaron desempleadas en el segundo trimestre de 2020 (momento de irrupción de la pandemia) solo el 40% lograron volver a trabajar al trimestre siguiente, mientras el 70% de los acogidos a un ERTE se reincorporaron a su puesto. En cambio, tres meses más tarde la balanza se inclinó hacia el lado contrario: hubo más parados que lograron reengancharse en el mercado laboral que trabajadores en ERTE que recuperaron su trabajo. “Esta evolución podría estar reflejando la persistencia de niveles de actividad muy bajos en algunas ramas, como consecuencia de la pandemia”, apunta el análisis del Banco de España.

Además de por sectores, la utilidad de los ERTE varía por perfiles y destaca “la menor efectividad” entre “las mujeres, los jóvenes y el colectivo con menor nivel de formación”. Por ramas de actividad, el supervisor encuentra que “el empeoramiento se concentró en la construcción, en la hostelería y el comercio y en los otros servicios, esto es, las ramas más afectadas por las restricciones durante ese periodo”.

A cierre de febrero, había 46.665 trabajadores en ERTE en Galicia: 21.504 en A Coruña, 15.622 en Pontevedra, 5.072 en Lugo y 4.467 en Ourense.

Los asesores fiscales tranquilizan a los contribuyentes con expedientes de regulación: “Van a pagar lo mismo de IRPF”

Muchos trabajadores acogidos a un Expediente de Regulación Temporal de Empleo (ERTE) el año pasado ven con temor la próxima Campaña de la Renta, que arranca el miércoles. El hecho de tener dos (o más) pagadores (la empresa y el SEPE) puede llevarles a estar obligados a declarar en casos en los que antes no lo estuvieran (por debajo de 22.000 euros brutos anuales) y es posible que la declaración les salga a pagar si el SEPE no ha practicado las retenciones que sí está obligada a hacer la empresa en las nóminas. Esto no significa que vayan a pagar más impuestos, solo que tienen que compensar la cantidad que el Servicio de Empleo les ha abonado de más. “Si el SEPE no te ha retenido, al hacer la declaración tienes que regularizar. Pero al final vas a pagar lo mismo de IRPF que si el pagador te lo hubiera retenido. Pensar que pagas más por estar obligado a declarar o por tener dos pagadores es fruto de una mala educación fiscal”, explica Carlos del Pino, delegado en Galicia de la Asociación Española de Asesores Fiscales (Aedaf). Del Pino tranquiliza a los trabajadores que ha estado en ERTE: “Van a pagar lo mismo, solo que habrán tenido el dinero en su poder estos meses e igual se lo han gastado”.

Actualización de los datos

Por otra parte, hay trabajadores con incidencias en los pagos. Si el SEPE le pagó de más y le reclamó la devolución en 2020 y esta se ha efectuado, la Agencia Tributaria contará con la información correcta y el contribuyente podrá presentar su declaración normalmente. Sin embargo, si el SEPE no reclamó en 2020 la información que aparece en los datos fiscales de la Agencia Tributaria podría no ser correcta, por lo que si es así recomienda esperar a que se actualice. El SEPE y Hacienda mantienen contactos para actualizar periódicamente la información de reintegros a lo largo de la campaña.

Los trabajadores regulados podrán pagar el IRPF en seis plazos

La Agencia Tributaria permitirá fraccionar en seis entregas el pago del IRPF a aquellos contribuyentes que estuvieron afectados por un expediente temporal de regulación de empleo (ERTE) en 2020 y cuya declaración salga positiva. Fuentes del Ministerio de Hacienda, confirmaron que “en breve” se aprobará una orden ministerial para recoger esta modificación en las declaraciones a ingresar de los contribuyentes sujetos a ERTE, que podrán abonar en esos seis meses (de julio a diciembre) la liquidación sin intereses. Para las declaraciones a ingresar, habitualmente el pago se puede fraccionar en dos veces (el 60% al presentar la autoliquidación y el 40% restante en noviembre), pero la orden ampliará esos plazos para los sometidos a erte, según adelantó el viernes El País y ha podido corroborar este periódico. La Agencia Tributaria ha comenzado a enviar cartas a los contribuyentes que en 2020 percibieron prestaciones del Servicio Estatal Público de Empleo (SEPE) derivadas de ERTE. En estas se les da la siguiente indicación: “En caso de que su declaración resulte a ingresar, y de acuerdo con una norma que en estos momentos se encuentra en tramitación, le comunicamos que podrá solicitar el fraccionamiento de dicho ingreso en seis fracciones iguales sin intereses de demora. El pago del fraccionamiento solicitado se efectuará en dichas seis fracciones, con vencimiento los días 20 de cada mes, siendo el primero el día 20 de julio de 2021”. Al tiempo, la AEAT recomienda a los trabajadores afectados por un ERTE que hayan recibido cobros indebidos del SEPE que esperen a su reclamación antes de presentar la declaración de la renta. La Agencia Tributaria publicó la semana pasada en su página web un documento con información específica para los 3,5 millones de trabajadores afectados por un erte ante la campaña de la renta 2020, que empezará el próximo miércoles, 7 de abril. En concreto, señala que las dificultades que puede encontrar el colectivo perceptor de prestaciones del SEPE (que se consideran rendimientos de trabajo sujetos a IRPF) proceden o bien del hecho de tener dos pagadores (su empresa y el SEPE) o bien por haber recibido abonos que no le correspondían. En los casos de trabajadores que hayan recibido un abono del SEPE superior al que le correspondía, tendrán que tener en cuenta esta circunstancia a la hora de elaborar su declaración de la renta.