La supresión de un artículo de la ley hipotecaria anuncia una agilización y eliminación de incertidumbres en la compraventa de viviendas. Se suprime el artículo 28, que establecía que las inscripciones de fincas o derechos reales adquiridos tras una herencia o legado no surtirían efecto hasta dos años después de la muerte en previsión de la aparición de herederos inesperados. El cambio legal fue publicado en el BOE el pasado 3 de junio pero entró en vigor ayer.