Los últimos años laborales se suelen hacer un poco cuesta arriba por ese deseo de alcanzar la jubilación. Llegar a la edad requerida para poner fin a la etapa profesional y poder así disfrutar del tiempo libre para hacer planes es un deseo compartido por una gran parte de los trabajadores pero, llegar a los 65 años no siempre nos va a permitir jubilarnos. De hecho, hay una serie de trabajadores que no van a poder hacerlo al menos hasta que cumplan los 66.

Esto se debe a que tienen un periodo de cotización suficiente para obtener pensión pero, no llegan a los años necesarios para poder disfrutar de una prejubilación, ya sea de forma voluntaria o derivada de un cese involuntario en el trabajo.

No podrán alcanzar la jubilación hasta los 66 años todos aquellos trabajadores que tengan menos de 33 años de cotización, que es el mínimo para conseguir una prejubilación involuntaria, dos años menos de los necesarios para poder prejubilarse de forma voluntaria, lo cual requiere 35 años cotizados. Si no alcanza esos 33 años, tampoco podrá alcanzar los 37 años y tres meses cotizados, que es la fecha de referencia determinar la edad ordinaria de jubilación: los que lleguen a esta cifra pueden jubilarse a los 65 años pero el resto debe esperar a los 66 años.

En paralelo, los trabajadores que han de jubilarse a partir de los 66 años sí deberán acreditar al menos un requisito de cotización: tener los 15 años necesarios para poder percibir pensión, siendo obligatorios que dos de ellos tengan lugar durante los 15 años previos a la solicitud de la jubilación y estos jubilados tendrán una pensión que se calculará como las del resto de trabajadores.

Si por cuestiones de cotización, estos jubilados no alcanzan una pensión deseada, tienen dos opciones para aumentar el importe. La jubilación demorada, que les daría entre un 2 y un 2,75% extra por año trabajado o la jubilación flexible que permite compatibilizar el cobro de la pensión de jubilación con un trabajo a tiempo parcial.