La Opinión de A Coruña

La Opinión de A Coruña

La Justicia se encargará de dirimir las reclamaciones financieras

El defensor del cliente pagará las costas procesales y el afectado devolverá el dinero si el tribunal da la razón a la entidad bancaria

Dos mujeres sacan dinero de un cajero automático. | // ÁLVARO MONGE

La nueva Autoridad Administrativa Independiente de Defensa del Cliente Financiero, cuya creación acaba de recibir el pistoletazo de salida por parte del Gobierno, aspira a revolucionar el esquema español de resolución de reclamaciones frente a bancos, firmas de inversión y aseguradoras, entre otras entidades. Para lograrlo, el Ejecutivo ha planteado que sus dictámenes sean de obligado cumplimiento para dichas entidades (no para los clientes) hasta 20.000 euros, no como ocurre ahora con los servicios de reclamaciones del Banco de España, la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) y la Dirección General de Seguros. Sin embargo, ello no garantiza que los afectados vayan a recuperar su dinero si el nuevo organismo les da la razón. Las entidades podrán recurrir las resoluciones de la institución y la última palabra la tendrá la Audiencia Nacional, que podrá obligar al cliente a devolver la cantidad recuperada.

El derecho a la tutela judicial efectiva, recogido en la Constitución, avala que las entidades puedan defender sus intereses ante la justicia. Por ello, el anteproyecto de ley aprobado por el Consejo de Ministros otorga a la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional la competencia para “conocer en única instancia” los recursos contra las resoluciones vinculantes dictadas por la autoridad. Ello, sin embargo, también supone una mejora para los clientes financieros, según el Gobierno. Porque como el recurso será contra la autoridad y no contra el cliente, si el juez da la razón a la entidad, el que tendrá que pagar las costas legales será el nuevo organismo público. Solo si es el cliente el que recurre la decisión de la autoridad (normalmente, porque no le haya dado la razón) podría ser condenado a abonar las costas. Pero hay otro factor más importante.

Lo mismo lo consideran aplicable para las resoluciones no vinculantes del organismo, las que correspondan a cantidades reclamadas superiores a 20.000 euros. Si la autoridad da la razón al cliente, pero la entidad no acepta devolverle el dinero, el afectado podrá acudir a la justicia ordinaria y el Ejecutivo cree que los jueces tenderán a condenar a la entidad.

Compartir el artículo

stats