Campaña del IRPF

La declaración de la renta se podrá pagar con Bizum o tarjeta

La Agencia Tributaria dejará corregir pequeños errores en los impresos de forma sencilla

Estas son las fechas en la que los mutualistas pueden reclamar la devolución del IRPF.

Estas son las fechas en la que los mutualistas pueden reclamar la devolución del IRPF.

Agustí Sala

Barcelona

La campaña del impuesto de la renta (IRPF) que comienza el próximo 2 de abril presenta algunas novedades en cuanto a las vías de pago. Por primera vez, las declaraciones que resulten a ingresar se podrán liquidar mediante tarjeta, como se hace en las compras de comercio electrónico; o mediante Bizum, el sistema de pagos instantáneos con el que colaboran 38 entidades bancarias y que en 2024 alcanzó los 28 millones de usuarios activos.

Esta es una de las novedades que se incluyen en el borrador de proyecto de orden por la que se aprueban los modelos de declaración del IRPF y del impuesto sobre el patrimonio de 2024. Este texto ha abierto el trámite de audiencia e información pública, que ha iniciado el plazo de recogida de observaciones que finalizará el próximo 27 de este mes.

El objetivo de introducir nuevos métodos de pago es facilitar al contribuyente las fórmulas más habituales que se están instaurando en las compraventas y otras actividades.

Hasta ahora, los contribuyentes a los que la declaración resultaba a pagar, en torno a 1 de cada 3 estaban limitados a hacerlo mediante domiciliación bancaria. Con la incorporación de los nuevos sistemas como Bizum y el pago con tarjeta, la Agencia Tributaria permite ampliar las opciones disponibles y adaptarse a las tendencias tecnológicas actuales.

Pequeños errores

Otras novedades de la campaña son que la Agencia Tributaria dejará corregir a los contribuyentes pequeños errores en la declaración de forma sencilla y además ampliará la asistencia a los ciudadanos que vivan en pequeños municipios independientemente de la edad, por lo que se incluirá a todos aquellos que tengan menos de 65 años.

Los canales para presentar la declaración será los mismos: de forma electrónica por la app o por la página web, a través del teléfono mediante la campaña 'Le Llamamos' o en las oficinas mediante la petición de cita previa.

A su vez, todos aquellos contribuyentes que en algún momento del año pasado cobraran una prestación por desempleo estarán obligados por primera vez a presentar la declaración aunque no lleguen al límite exento. De no hacerlo, no habrá sanciones tributarias, pero sí de la Seguridad Social. También deberán hacerla quienes cobren el ingreso mínimo vital (IMV) y las personas de la misma unidad familiar que convivan en la misma vivienda del contribuyente que lo percibe; y todos los autónomos, independientemente del volumen de ingresos percibidos.

Dos casillas

Otro de los cambios afecta a la corrección de errores. Se acaba con el anterior sistema dual que obligaba a presentar una declaración complementaria de la renta y una rectificación de la autoliquidación anterior. Para ello se crean dos nuevas casillas, la 669, que la utilizará el contribuyente cuando discrepe del criterio de Hacienda, y la 701, para cuando la persona reclame al fisco un pago, distinga si es por la norma del impuesto o porque ingresó de más a la Agencia Tributaria.

El umbral a partir del que se tendrá que presentar la declaración se sitúa en los 22.000 euros anuales si se tiene un solo pagador. Si se han tenido más, se mantiene el mismo umbral si del resto de pagadores no se ha cobrado en su conjunto más de 1.500 euros. Para las personas que tengan más de un pagador y los ingresos percibidos por el segundo o el resto superen los 1.500 euros, el límite exento baja al nivel del salario mínimo interprofesional del año pasado, 15.876 euros. De cara a la campaña de 2025, cuya declaración se presentará en la primavera de 2026, se ha abierto el debate de si hacer que el alza del salario mínimo, que aumentará en 50 euros mensuales, tenga que tributar.

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