Hacienda quiere su parte y va a para prohibir este tipo de pagos en Bizum
La Agencia Tributaria espera eliminar el umbral de 3.000 euros, provocando así que los bancos tengan obligación de informar de ellos

María Jesús Montero, ministra de Hacienda / Rodrigo Jiménez
Sheila Noda
Pagar a través de Bizum está cada vez más generalizado en España debido a la comodidad que ofrece la plataforma para enviar y recibir dinero de manera segura, gratuita e instantánea. Sin embargo, su popularidad no pasa desapercibida para Hacienda, que pone la mirada en la herramienta para evitar movimientos ilegales o sin declarar.
Para ello, va a obligar a las entidades bancarias a enviar un informe mensual de las transacciones realizadas a través de Bizum que contengan una actividad comercial, además, prevé modificar los pagos a los autónomos.
Límites actuales de Bizum
Para el uso del Bizum a través de las aplicaciones móviles de los bancos existen límites:
- El importe mínimo para enviar o recibir un Bizum es de: 0,5 €
- El importe máximo para enviar o recibir un Bizum en una operación única: 1.000 € (aunque algunos bancos fijan este límite en 500 €)
- El importe total máximo que se puede enviar al día es de: 2.000 €
- El importe total máximo que se puede enviar al mes: 5.000 €
- Número de operaciones totales al mes: 60

Bajo la mirada de Hacienda
En aras de tener un mayor control sobre los movimientos de dinero de los españoles, la Agencia Tributaria pretende eliminar el umbral de 3.000 euros por el que los bancos están obligados a informar anualmente sobre los pagos realizados. Así, los movimientos bancarios por debajo de esa cifra también estarán bajo el foco de Hacienda.
Respecto a los envíos de dinero entre amigos y familiares no será necesario declararlos, mientras no superen los 10.000 euros anuales entre dos contactos y los pagos comerciales sean notificados.
Bizum que debe declararse
A través del cruce de datos bancarios, Hacienda puede detectar movimientos sospechosos, principalmente los que implican grandes cantidades de dinero o se producen de manera periódica.
Cobros de servicios profesionales a través de Bizum y aquellos derivados de actividades como alquileres, clases particulares o venta de productos deben ser declarados, por tratarse de ingresos sujetos a tributación, aunque no se esté dado de alta como autónomo.
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