TJUE
La aldea gala aún resiste: la Justicia europea rechaza que Obélix pueda ser una marca de armamento
El Tribunal General de la UE enmienda a la EUIPO y ordena dar de baja el registro que realizó una empresa polaca del sector de la defensa

Astérix, Idefix y Obélix, los populares personajes creados por René Goscinny y Albert Uderzo. / EFE
Obélix era el arma secreta que la pequeña aldea gala imaginada por René Goscinny y Albert Uderzo tenía para resistir a la invasión de los romanos, pero no podrá ser un arma en la vida real. Al menos mientras los legítimos propietarios de los derechos del popular personaje, Les Editions Albert René, no decidan lo contrario.
El Tribunal General de la Unión Europea acaba de dar la razón a la editorial francesa en la disputa que mantenía por esta cuestión contra la empresa polaca de armamento Works 11 y la Oficina de Propiedad Intelectual de la UE (la EUIPO, por sus siglas en inglés), que permitió el registro como marca europea del nombre Obélix para la producción de armas de todo tipo y explosivos, además de munición. Es decir, los artículos englobados en el apartado nueve de la clasificación de Niza, que internacionalmente se utiliza para dividir los distintos bienes de consumo que se comercializan.
Los editores de Astérix ya intentaron que la propia EUIPO rechazase la pretensión de la compañía polaca, oponiéndose a la concesión de la marca registrada y acudiendo, posteriormente, a su sala de apelaciones.
Sin embargo, el organismo con sede en Alicante argumentó, por un lado, que la editorial no había conseguido demostrar que la palabra Obélix se percibiera como una marca con valor propio, sino como un personaje. Y argumentaba, por ejemplo, que realmente lo que podía entenderse como marca era la expresión "Astérix y Obélix".
Falta de datos independientes
La editorial presentó numerosos casos de merchandising y productos exclusivos del popular personaje e, incluso, facilitó datos sobre el dinero que mueven estos productos. Sin embargo, la compañía falló al no presentar ni facturas ni estimaciones realizadas por terceros que corroboraran esos números, por lo que la EUIPO concluyó que no había podido acreditar el valor como marca global de esta expresión.

La web de la empresa polaca que quiere utilizar el nombre de Obélix para sus productos. / INFORMACION
Además, como suele suceder, Les Editions Albert René sólo había registrado Obélix como marca en aquellas categorías de bienes en que operaba -como cómics, ropa o películas-, pero no en el apartado 9, que recoge el armamento. Igualmente, los técnicos de la EUIPO señalaron que el público al que se dirigía la compañía polaca de defensa era muy especializado y lejano del consumidor prototipo, por lo que no consideró que pudiese producirse confusión alguna.
Sin embargo, el Tribunal General de la UE lo ha visto de forma diferente y considera que la sala de recurso de la EUIPO falló en su argumentación y no tuvo en cuenta "todos los factores relevantes del caso". En particular, la cuota de mercado de la marca; la intensidad, extensión geográfica y duración de su uso; o el importante gasto realizado por los creadores del personaje para darlo a conocer.
El conjunto
A juicio de la sala que ha visto el caso, para establecer si una marca es relevante o no debe tenerse en cuenta el conjunto de estos elementos y no cada uno de ellos por separado, como hizo la oficina europea al rechazar las cifras facilitadas por la editorial sobre el volumen de negocio que generaba por sí solo Obélix por no aportar facturas ni estudios de terceros independientes.
En este sentido, el tribunal señala que la empresa sí presentó como prueba números productos que únicamente contenían a Obélix, si su particular compañero de batallas, y que en muchos de ellos incluso podía verse la (r) de marca registrada a su lado, lo que claramente indicaba a los consumidores de que el popular personaje era una marca por sí mismo.
En cualquier caso, la resolución también apunta que no existe ningún precepto en la normativa europea que obligue a un fabricante a demostrar el uso de una marca independientemente de otra, como aquí solicitaba la EUIPO. Por tanto, que también debió tenerse en cuenta el negocio generado por la expresión "Astérix y Obélix" para determinar si la marca tenía reputación previa suficiente para prohibir su uso a terceros, incluso en aquellos apartados para los que no se hubiera solicitado registro, para impedir daños reputacionales.
En este caso, el TGUE también recoge que el término Obélix no significa nada en ningún idioma, que es un nombre utilizado exclusivamente en el cómic desde hace ya 60 años.
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Fuente: Información
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