El primer 'no' a Mariano Rajoy en el debate de investidura da comienzo al plazo de dos meses que establece la Constitución para la formación de Gobierno si el candidato del PP no sale elegido en la segunda votación.

En ese ese lapso de 60 debe alcanzarse un acuerdo para elegir a un presidente. Si no es así, se disolverían las Cortes y se convocarían unas terceras elecciones.

Según marca la Constitución y el Reglamento del Congreso, en la segunda votación debe efectuarse a las 48 horas de la primera, lo que significa que comenzará no antes de las ocho y cinco de la tarde del viernes 2 de agosto.

De tampoco salir adelante, la primera votación marcará el calendario para unas hipotéticas elecciones.

31 de octubre

Si antes de dos meses ningún candidato resulta elegido, el próximo 31 de octubre se volverían a disolver las Cortes.

25 de diciembre

En el caso de la disolución de las Cortes, 54 días después se celebrarían nuevas elecciones, el 25 de diciembre, día de Navidad.

¿18 de diciembre?

PSOE, Podemos y Ciudadanos han propuesto promover un cambio legal para acortar la campaña electoral a sólo una semana, en el caso de que finalmente los españoles deban volver a las urnas, para evitar el día 25, pero esta posibilidad es sólo una hipótesis.

9 y 25 de septiembre

Al calendario previsto en las Cortes respecto a la formación de Gobierno se añade la agenda autonómica, con dos elecciones en septiembre, las que se celebran en Galicia y el País Vasco. Ambos comicios tendrán lugar el 25 de septiembre, por lo que sus respectivas campañas electorales arrancarán el próximo día 9. Esta circunstancia y los resultados y las posibles alianzas postelectorales pueden a la vez resultar claves en la evolución de los acontecimientos a nivel nacional.