Los cinco acusados en el juicio del procés que han obtenido representación en el Congreso y en el Senado podrán tomar posesión de su escaño si el Supremo les deja. Pero, una vez que lo hagan „y parece que así será„, lo más probable es que sean suspendidos de sus funciones y no puedan ejercer. El plazo para recoger las actas empieza el 6 de mayo.

Si son suspendidos, se abren dos posibilidades: que sus partidos, ERC y Junts per Catalunya (JxC), acepten que corra la lista, con lo que los cinco serían sustituidos por los siguientes nombres de la candidatura; o que inicien una batalla legal para hacer valer sus derechos como electos, apoyándose en que la normativa electoral no impide a los presos preventivos concurrir a las urnas. ¿Por qué, entonces, impedirles ejercer si salen elegidos?

Jordi Sànchez, Jordi Turull, Josep Rull „los tres de Junts per Catalunya (JxC)„ y Oriol Junqueras y Raül Romeva (ERC) quedaron suspendidos para ejercer cualquier cargo público al ser procesados por el delito de rebelión mientras estaban en situación de prisión provisional „en la que continúan„ en virtud del artículo 384 bis de la ley de Enjuiciamiento Criminal (Lecrim). El auto de su procesamiento, obra del juez instructor, Pablo Llarena, adquirió firmeza en junio.

Sànchez, Turull y Rull lideraban las listas de JxC al Congreso por Barcelona, Lérida y Tarragona, respectivamente, y Junqueras la de ERC a la Cámara baja por Barcelona. Romeva, por su parte, ha obtenido escaño en el Senado. Si bien JxC cosechó tres puestos por Barcelona, en Lérida y Tarragona sólo sacó uno, precisamente los de Turull y Rull.

Congreso y Senado no coinciden del todo en el procedimiento que el electo debe seguir para adquirir su nueva condición. La Cámara alta, en la que el PSOE tiene ahora mayoría absoluta, exige que entregue "en persona" la credencial que le expida la junta electoral de su provincia. La Cámara baja, sin embargo, no especifica que este trámite sea necesario, por lo que Sànchez, Turull, Rull y Junqueras podrían hacerlo a través del tercero que cada uno de ellos designe.

Ahora bien, en la sesión constitutiva de las Cámaras, el próximo 21 de mayo, los cinco deberán estar presentes para adquirir formalmente su condición de parlamentarios. Y allí acatar la Constitución, siquiera sea valiéndose de la fórmula "por imperativo legal", ya empleada, entre otros, por los diputados de Podemos.

Para poder acudir a las Cortes el día 21, el Supremo deberá dejarles salir de la cárcel y, por lo tanto, suspender la sesión del juicio del "procés" prevista para ese martes. Dado que la legislación electoral les ha permitido presentarse a los comicios, el tribunal se inclina por que puedan hacerlo. Porque, además, aunque están siendo juzgados, no han sido condenados.

Pero, después, el alto tribunal instará casi seguro su suspensión, con arreglo al auto de procesamiento de Llarena, que ya fue de aplicación meses atrás para los cinco en el Parlament.

La suspensión podría ejecutarla la Mesa de la Diputación Permanente o, más probablemente, la Mesa que salga elegida el 21 de mayo en la sesión constitutiva de Las Cortes, después de que los cinco juren o prometan acatar la Carta Magna.