¿Quién paga el seguro en una vivienda de alquiler? :: Prensa Ibérica para Fundación MAPFRE

¿Quién paga el seguro en una vivienda de alquiler?

Cuando tenemos una vivienda alquilada el seguro de hogar puede ser un punto de discusión. Ya sea como casero o como inquilino, es aconsejable proteger los intereses de ambas partes

por Cecilia Vega | BeContent

El mercado del alquiler en España se encuentra en plena ebullición. El porcentaje de ciudadanos que en 2018 optaban por el arrendamiento frente a la compra de una vivienda se situaba en el 23,9%, muy por encima de las cifras de hace una década. Quizá tú mismo seas uno de estos millones de arrendatarios. O, como propietario, hayas aprovechado la coyuntura para alquilar tu propiedad en lugar de venderla.

Estés en un lado u otro de la ecuación, bien tengas pensado vivir de alquiler o busques inquilino con garantías, es posible que te hayas preguntado si es obligatorio hacer un seguro para esta vivienda. Y si lo fuera, ¿cuál de las partes debe hacerse cargo?

Empecemos por el principio: por ley no es obligatorio, ni para arrendador ni para arrendatario, suscribir ningún tipo de seguro para la vivienda alquilada. Pese a esto, es algo muy recomendable, especialmente en referencia a la protección de los intereses de ambas partes y el daño a terceros.

Seguros de hogar para el continente y el contenido

A priori y en términos generales, podríamos decir que proteger la vivienda es cosa del propietario de la misma. Él es el responsable y principal interesado en mantener la integridad y buenas condiciones de la misma y, por tanto, quien debería hacerse cargo de la póliza del seguro de hogar.

No obstante, un seguro de hogar tiene distintas modalidades y coberturas, ya que puede referirse solo al continente (el piso vacío, los elementos estructurales y de construcción de la vivienda), al contenido (mobiliario y resto de bienes dentro del inmueble) y la responsabilidad civil por daños a terceras personas.

Si el piso está vacío, lo más normal será que el propietario cubra solo el continente. Es importante destacar que el casero, por ley, no puede obligar al inquilino a contratar este seguro ni a que pague parte de él si ya estuviese previamente contratado. Sin embargo, es libre de fijarlo como un requisito en su búsqueda de inquilino. Si ambas partes están de acuerdo, lo más adecuado es que quede reflejado en el contrato.

Lo mismo se aplica en el caso de que el propietario quiera ampliar la cobertura del seguro y cubrir sus pertenencias y objetos de valor dentro de la casa (muebles, electrodomésticos, etc). Pero, ¿qué pasa con los bienes del inquilino: equipos informáticos, otros muebles, joyas, ropa…? Lo más aconsejable para las personas que viven en régimen de alquiler es protegerse con su propio seguro de hogar, independientemente de lo que haga el propietario. Hablamos de una póliza que cubra los daños en sus “contenidos”, pero también que dé respaldo, por ejemplo, en caso de robo.

¿De quién es la responsabilidad civil en una casa alquilada?

Falta por abordar la tercera pata de los seguros de hogar: la responsabilidad ante terceros. Y para ello, nada más socorrido que poner como ejemplo la clásica gotera de agua.

Si esta gotera proviene de las tuberías de la vivienda alquilada y se produce una filtración que afecta al vecino de abajo, el propietario del piso -y su compañía de seguros- será quien deba responder de los posibles daños y desperfectos que pueda causar. Sin embargo, puede que este siniestro lo cause el inquilino, en cuyo caso la póliza que tenga contratada el propietario no lo cubrirá.

Por tanto, en relación a la responsabilidad civil, lo óptimo sería que el propietario contratase un seguro para protegerse frente a los daños que cause la vivienda y que no sean atribuibles a la persona que vive en ella. Y que el inquilino, haga lo propio para cubrir su propia responsabilidad, es decir, los daños que él pueda causar a terceros. Además, vivirá más tranquilo si la póliza cubre cualquier daño que le haga al piso en el que vive.

¿Qué pasa si el arrendatario deja de pagar el alquiler?

Si eres propietario, quieres alquilar una vivienda de tu propiedad pero te preocupa correr riesgos, otra de las figuras que te interesa conocer es la del seguro de protección de alquileres o seguros de impago de alquiler. Con este tipo de pólizas, el casero no solo tiene cubiertas las preocupaciones sobre el estado de la vivienda sino también en relación al pago de las mensualidades o la asistencia judicial en caso de que fuera necesario.

Por norma general, el dueño de la vivienda alquilada es quien se encarga de contratar esta póliza aunque, al igual que pasaba con el seguro de hogar, es libre de incluirlo dentro de las condiciones de alquiler y llegar a un acuerdo para repercutir su coste al inquilino.

Si bien hasta ahora lo normal era que el propietario filtrara a candidatos por su capacidad financiera y les solicitase un aval bancario o varias mensualidades de fianza, esta modalidad de seguro es una alternativa segura y eficaz en auge que beneficia a ambas partes. Los seguros de protección de alquiler son más asequibles por lo que dan acceso a la vivienda a un abanico mayor de personas, sin que el propietario deje en ningún momento de tener la espalda cubierta.

En caso de impago, la compañía aseguradora abonará el importe total de las rentas mensuales impagadas hasta el límite temporal establecido en la póliza (cuantificado en meses), realizará la reclamación al inquilino de las cuotas de alquiler impagadas y, también, los trámites legales necesarios para obtener la orden y/o sentencia de desahucio del inquilino moroso.

¿Y si es el propietario quien no quiere devolver la fianza?

Al igual que el propietario defiende sus intereses, el inquilino también puede hacerlo. Las pólizas de seguro para inquilinos pueden tener entre sus coberturas la de recuperación de fianzas. Si el arrendador se niega a devolvértela cuando decides finalizar el alquiler, la compañía se encargará de reclamarla en tu nombre.

En definitiva, tanto si te estás planteando alquilar un inmueble que tienes disponible pero no utilizas, como si eres uno de los millones de españoles que paga una renta mensual por su vivienda, no te olvides de incluir el ítem “seguros” en la lista de puntos a valorar. Los seguros de hogar y alquiler ofrecen un amplio abanico de posibilidades que se adaptan a cada necesidad y bolsillo. Así que busca la mejor opción y vive tranquilo.

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