-¿Cómo ha calado la mediación judicial desde la aprobación de la ley de mediación civil y mercantil en 2012?

-El impacto de la ley ha sido importante pero insuficiente. Ha proporcionado un marco procesal que no existía, pero no se han introducido las medidas que faciliten su desarrollo.

-¿Cuáles de esas medidas no se han puesto en marcha en Galicia y han provocado que el avance en mediación sea más lento que en otras comunidades como Cataluña y País Vasco?

-Galicia ha hecho algunos progresos, sobre todo en materia de familia, pero aún estamos en una fase inicial con experiencias piloto. La ley ha coincidido con la crisis, lo que ha supuesto menos recursos económicos para ponerla en marcha. Para instalar la mediación hacen falta instituciones que la administren y mediadores que la lleven a cabo, algo que no puede realizarse de forma voluntarista. Comunidades como Cataluña y País Vasco han destinado más recursos, incluso las intervenciones mediadoras entran dentro de la justicia gratuita, y se han desarrollado políticas públicas para impulsar la mediación como el Consejo de la Mediación autonómico en Cataluña.

-Todos los cursos de formación de mediadores para abogados celebrados en la comunidad tuvieron lista de espera ¿Qué explica que pese a ese interés de los profesionales por la mediación sean pocos los procesos que se resuelven por esta vía?

-La ley despertó el interés y las expectativas profesionales, por eso hubo una auténtica fiebre por formarse como mediadores, pero no se han facilitado los mecanismos para que la abogacía asuma la mediación como una herramienta útil para sus clientes. En cuanto a la administración de justicia, en todos los países en los que funciona ha tenido un papel esencial el impulso por parte de los jueces, pero aquí se quedó corta la norma al no dotar de instrumentos a los tribunales para derivar de forma eficaz a la mediación. Las normas que existen tampoco son efectivas porque, por ejemplo, en el sistema de módulos para medir el trabajo de los jueces, una sentencia computa más del doble que un acuerdo en mediación.

-Algunos estudios apuntan a que con la mediación se podrían reducir los pleitos en un 25% y sus costes en un 85% ¿sería una buena fórmula para evitar el colapso que sufren los juzgados?

-Así ha sucedido en países de nuestro entorno. No nos inventamos nada nuevo, sino que intentamos importar modelos que ya están muy consolidados.

-La mitad de las parejas gallegas que acepta mediadores consigue llegar a acuerdo ¿Qué ventajas tiene para las partes llegar a un consenso sin tener que ir a juicio?

-La mayor ventaja es la de evitar el enorme trauma psicológico que se deriva de una confrontación judicial. Afecta a todos los miembros de la familia porque se les obliga a intervenir y posicionarse en una batalla. La mediación es una alternativa a que en las crisis matrimoniales haya vencedores y vencidos.

-¿Qué conocimientos y capacidades debe tener el mediador para poder resolver un caso con éxito?

-Ser un buen mediador es complicado. Requiere unos conocimientos teóricos especializados, una gran capacidad de análisis de los conflictos, saber escuchar y generar confianza en la gente. Eso se aprende con la práctica.

-¿De qué forma se debería aplicar la mediación para que fuese eficaz?

-Los elementos más importantes serían la complicidad de jueces y abogados y la existencia de buenos profesionales.

-¿Cómo deben trabajar las distintas partes del sistema judicial gallego para agilizar la puesta en marcha de la mediación?

-Tengo conocimiento de que la Xunta encargó un estudio a una importante consultoría que lo elaboró hace algunos años, y que es ejemplar. Solo falta sacarlo del cajón y ponerlo en práctica.

-Los críticos con este sistema alegan que la mediación solo se puede aplicar en el ámbito civil pero no en los procesos penales ¿Cree que podría extenderse a este ámbito?

-La mediación puede aplicarse en todas las áreas, lo que ocurre es que en cada uno de ellos tiene unas peculiaridades metodológicas importantes. En el penal destaca el carácter terapéutico y la dimensión del efecto restaurativo para la víctima.