La Sala Segunda del Tribunal Supremo acordó archivar la causa seguida en la Audiencia Nacional contra el grupo pesquero ribeirense Vidal Armadores, acusado de pesca ilegal de merluza negra (o austromerluza) en el océano Antártico desde, al menos, 2006. El argumento esgrimido en su resolución es la falta de jurisdicción de los tribunales españoles en aguas internacionales, por lo que estima el recurso de tres de los investigados: Manuel y Ángel Vidal Pego, hijos de Antonio Vidal Suárez (fundador de Vidal Armadores), y Joaquín Pérez Mariño, su yerno.

El presidente de la Sala Segunda, Manuel Marchena, destaca que los tribunales españoles no tienen capacidad jurisdiccional para conocer los delitos investigados en la causa (protección de la fauna, falsedad, blanqueo de capitales y organización ilícita) cometidos en aguas internacionales por barcos españoles. Los hechos se produjeron en enero de 2015 cuando una patrullera de Nueva Zelanda abordó el buque pesquero Shongua en aguas internacionales del océano Antártico. Días después fueron abordados en la misma zona los pesqueros Yongding y Kunlun.

Los tres pesqueros están vinculados directamente con Vidal Armadores, como revelan las escuchas de los investigadores incluidas en el auto de la juez de la Audiencia Nacional Carmen Lamela. A estos barcos se suma el Louyang. El Ministerio Fiscal indicaba en su querella que los buques estarían pescando merluza negra en el área regulada por la Convención sobre la Conservación de Recursos Vivos Marinos Antárticos (Ccamlr).

La defensa alegó que esta especie no está en peligro de extinción y que es consumida y pescada de forma habitual, algo que se hizo de forma segura. Y añadió que la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ) no incluye la pesca ilegal en los supuestos para actuar en un caso de aguas internacionales.

La defensa entendía que excluida la capacidad jurisdiccional para la investigación del delito principal, no había motivo para juzgar los que se derivan de ella: blanqueo de capitales, integración en grupo criminal o falsedad en documento mercantil.

El Supremo anula así la resolución dictada por Lamela y acuerda que se archive el procedimiento conforme a derecho, decretando el "sobreseimiento libre". Entiende que la Ccamlr no incluye en su articulado una base necesaria para la proclamación jurisdiccional, al igual que la LOPJ.

El Ministerio de Agricultura ya impuso este año sanciones por valor de 17,8 millones de euros a nueve empresas y siete personas relacionadas con el entramado societario de Vidal Armadores. El expediente, vinculado con la operación Sparrow de marzo de 2015, explica que las penas de inhabilitación oscilan entre los 5 y los 23 años dependiendo de la "la vinculación a uno, dos, tres o los cuatro barcos implicados".

La Guardia Civil y la Interpol realizaron en marzo de este año otras cinco inspecciones en el marco de la operación Yuyu en las instalaciones de Vidal Armadores, que se saldaron con seis detenidos: Antonio Vidal Suárez, sus tres hijos (Manuel Antonio, Ángel y Belén), Francisco Rama y Joaquín Pérez. Todos ellos salieron de prisión tras pagar una fianza de 100.000 euros cada uno.