La amenaza de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) se ha cumplido. Tras avisar el pasado mes de abril a la Xunta de que su decreto de viviendas turísticas contenía "restricciones innecesarias" que limitaban la libertad de mercado y a la vista de que cinco meses después el Gobierno gallego no ha modificado la normativa, este organismo regulador ha optado por presentar un recurso contencioso-administrativo al considerar que esta norma es "contraria a competencia y a los principios de regulación económica eficiente". Sin embargo, la Xunta se mantiene firme y dice que seguirá adelante con el decreto, que ya ha demostrado su "validez" y está "avalado" por las cifras de pisos registrados, unos 4.500, y el "consenso" con el sector.

No es el único frente judicial que tiene abierto el Gobierno gallego con ese decreto. La Asociación de Viviendas Turísticas de Galicia (Aviturga) ha recurrido también esta norma ante el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG). Y, aunque la demanda sigue su trámite, la Xunta ya ganó la primera batalla tras el rechazo del Alto Tribunal gallego a suspender la regulación de las viviendas turísticas, que entró en vigor el pasado mes de mayo.

Se trata de la primera norma que regula en Galicia el uso de las viviendas particulares para alquiler turísticos, que hasta entonces estaban en la alegalidad. La Xunta insiste en que esta normativa ha permitido "ordenar un nuevo tipo de alojamiento turístico, dando mayor seguridad tanto a los consumidores como a los particulares y a las empresas ofertantes".

Sin embargo, son varias las pegas que Competencia pone a este decreto -también ha presentado recurso contra la norma de Castilla y León sobre vivienda turística-. Uno de los puntos conflictivos en el caso de Galicia es la obligatoriedad de ceder el piso o apartamento en su totalidad, es decir, no se permiten alquilar habitaciones sueltas, una exigencia contra la que han protestado también desde Aviturga. El órgano regulador ve "injustificado" esta restricción y advierte de que limita el libre ejercicio de la actividad económica, así como el número y variedad de plazas.

Ante las quejas, no solo de Competencia, sino del propio sector, la Dirección Xeral de Turismo de la Xunta realizó un aclaración posterior al contenido del decreto. Así se reafirmó en que queda prohibido el alquiler por estancias. Y solo matiza que si el dueño vive en el piso, se podrán alquilar habitaciones, pero "no serán estancias turísticas ni podrán ofertarse como tal".

A Competencia tampoco le gusta que la Xunta establezca un tope de tiempo en los alquileres turísticos. Según el decreto aprobado en mayo, las estancias en viviendas particulares no podrán superar los 30 días y en el caso de los apartamentos gestionados por empresas el arrendamiento será siempre inferior a tres meses. El órgano regulador cree que no está justificada esta limitación y, en el caso, de los empresarios limita además el derecho a organizar su actividad.

La norma de la Xunta permite a los concellos limitar el número de pisos turísticos e incluso prohibirlos, otro punto que Competencia considera demasiado restrictivo y que también ha recurrido. El órgano regulador tampoco está de acuerdo con los requisitos y servicios mínimos que se exigen a las viviendas turísticas, que ven "discreccionales". Y también rechazan las cargas adicionales que supone la obligatoriedad de que los propietarios hagan una declaración responsable de actividad.

La Xunta, que aún está a la espera de recibir la demanda del CNMC, asegura que, ya en su momento, respondió al requerimiento de Competencia "de forma pormenorizada". Y reitera que defiende la "validez" de esta norma, aunque mantiene "su carácter dialogante" e insiste en que la norma fue consensuada con el sector turístico.

Desde Turismo se apoyan en "la buena acogida" del decreto después de cuatro meses en vigor puesto que ya han sido regularizadas 4.500 viviendas turísticas.

Y apelan a la decisión del TSXG de no suspender esta regulación. "El Alto Tribunal gallego confirmó la continuidad del decreto y desestimó en su totalidad la suspensión cautelar que pedía una asociación", señalan. La Xunta recuerda que el auto argumentaba que el decreto "no limita ni restringe la competencia sino que pone en orden la oferta, aumentando la seguridad para los ofertantes".

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