El Parlamento gallego, con los votos a favor del PP y el rechazo de toda la oposición, aprobó ayer la nueva Ley de bienestar animal, que incorpora novedades como un notable incremento de las multas por no identificar a los perros. Con la legislación anterior, de 1993, las sanciones oscilaban entre los 30 y los 300 euros, cantidades que ahora suben a entre 501 y 5.000 euros.

La norma, que entrará en vigor tres meses después de que se publique en el Diario Oficial de Galicia (DOG), obliga a la identificación -con la colocación de un microchip y su inclusión en un registro- de todos los canes. Actualmente, en la base de datos autonómica hay más 470.000 perros censados, pero algunas estimaciones apuntan a otros 200.000 sin identificar.

Los propietarios que no cumplan este requisito estarán cometiendo una sanción grave, mientras que con el texto anterior se consideraba leve. Además, ahora será la propia Xunta la encargada de perseguir estas infracciones, cuando antes quedaba en manos de los ayuntamientos, muchos de ellos sin los medios necesarios para afrontar la tarea. La directora xeral de Patrimonio Natural, Ana María Díaz, avanzó en una reciente entrevista con LA OPINIÓN que buscarán la colaboración del Seprona y de las policías locales.

El Colegio de Veterinarios de Pontevedra criticó que esta misma medida no se aplique también a gatos y hurones, y reprochó la "incoherencia" de que las colonias de felinos callejeros sí deban estar identificados y los domésticos no.

La Lei de protección e benestar dos animais de compañía de Galicia incluye otras novedades destacadas, aunque entre ellas no se encuentra la prohibición de las corridas de toros, principal elemento de crítica de la oposición y de los colectivos animalistas.

Pese a ello, la asociación Libera y la Fundación Franz Weber celebraron ayer, en un comunicado, el visto bueno a la norma, que consideran un avance con respecto a la anterior, pero instaron al Gobierno gallego a dotarla de fondos para que "no se quede en un mero texto prometedor pero de difícil aplicabilidad".

EProhíbe los animales en peleas, pero no las corridas de toros. El texto prohíbe "animales en peleas, fiestas, espectáculos o cualquier otra actividad que supongan malos tratos, crueldad o sufrimiento animal", pero no veta las corridas de toros en Galicia. Los portavoces de la oposición cargaron ayer sobre este punto -el nacionalista Luís Bará lo achacó a la "sumisión" del PP gallego a "lo que diga Madrid"-, mientras que el Grupo Popular volvió a esgrimir que la ley no incluye animales que ya tienen una legislación específica, como los toros y también los équidos.

Multas de hasta 30.000 euros por sacrificar animales. La entrada en vigor de la norma supondrá el veto al sacrificio de animales, que se castigará con multas de entre 5.001 y 30.000 euros. Sí se permitirá la eutanasia para evitar su sufrimiento, siempre que esté prescrita y practicada por un veterinario.

Este último punto, coincidieron ayer los portavoces de En Marea y del PSdeG, abre la puerta a que no se logre el "sacrificio cero" que, en principio, busca la Xunta. Con la ley actual, los centros de recogida pueden sacrificar animales domésticos cuando llevan más de tres meses en sus instalaciones.

A juicio de los citados colectivos animalistas, la aplicación de este precepto será una de las "principales dificultades "si el Gobierno gallego no presupuesta ayudas para los concellos.

Alimentar a perros y gatos abandonados estará vetado. Dar comida y bebida a perros y gatos abandonados en las vías públicas sin contar con permiso municipal será multado con hasta 500 euros. En el caso de que se recojan directamente de las calles, si no se cuenta con la autorización correspondiente, pasará a considerarse como una infracción grave, por lo que las sanciones pueden alcanzar los 5.000 euros. Ambas actuaciones, no obstante, no se castigarán en casos de emergencia.

Al igual que hasta ahora, en la ley se estipula que serán los municipios los encargados de recoger a los animales domésticos abandonados o perdidos en sus calles.

No se permitirán las mutilaciones con fines estéticos. La ley recoge la prohibición de todo tipo de prácticas de mutilación. Si bien en la normativa vigente se establece como infracción grave aquella que se realiza "sin necesidad o sin el adecuado control veterinario", el texto incorpora aquellas prácticas de amputación realizadas con el fin de "mantener unas características de un tipo racial o estéticas", como el corte del rabo o de las orejas.

Prohibidos los circos con animales silvestres. Los circos con animales silvestres, ya vetados en 70 concellos por iniciativa municipal, estarán prohibidos en toda la comunidad una vez que entre en vigor el nuevo texto. Esta restricción se unirá a las prohibiciones de emplear animales en fiestas, espectáculos o peleas.

Creación de los hogares de acogida temporal. Con el objetivo de disminuir la masificación de los centros de refugio, se introduce en el sistema de adopción la figura de los hogares de acogida temporal, para que los animales abandonados puedan ser cuidados por una persona o familia mientras no aparezca un adoptante definitivo.