En los últimos cinco años, los jueces dictaron en Galicia 191 sentencias sobre delitos forestales, 34 de ellas el año pasado. El 90% son condenatorias. La práctica totalidad de los fallos son por quemas de rastrojos y se resuelven con el pago de una multa. La pena de prisión solo se aplica para los reincidentes. Y para ello, tiene que haber una condena antes por sentencia firme. No basta con sospechar que esa persona investigada está detrás de otros incendios, sino que hacen falta prueban concluyentes.

Para el fiscal de Medio Ambiente, las penas actuales en materia de incendios son "suficientemente duras", según apuntaba en recientes declaraciones a este periódico, pero apostaba por "repensar los tipos penales". "En la actualidad se castiga según el resultado del incendio, debería valorarse la intención con la que se ha actuado", reclamaba. La última reforma del Código Penal, advierte, no resolvió aspectos que hace que queden "impunes" algunos incendios. "Se debería pensar en que es un delito de riesgo y fijar la pena según la intencionalidad", urge.