La Sección Tercera de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional ha condenado a 30 años de cárcel a los miembros del grupo terrorista Grapo José Antonio Ramón Teijelo y la gallega María Victoria Gómez Méndez por el secuestro del empresario Publio Cordón en el verano de 1995.

El tribunal les considera responsables de un delito de detención ilegal sin dar razón del paradero de la víctima, cometido dentro de la actividad de una organización terrorista. Los jueces explican que Teijelo y Gómez Méndez se encargaron de custodiar la vivienda de la localidad francesa de Lyon donde permaneció el secuestrado algo menos de un mes. Sin embargo, la Sala no ve elemento objetivo alguno que corrobore la acusación de homicidio por omisión, ya que la búsqueda infructuosa del cadáver de Cordón impide concluir que falleciera de la forma en que describió Fernando Silva Sande, el grapo que lleva colaborando en este caso con la Guardia Civil. Según este miembro de la organización terrorista, tras varias semanas en cautiverio Cordón se cayó del tejado de la vivienda de Lyon y falleció sin que le socorrieran.

La sentencia contra Teijelo y Gómez Méndez se añade a las anteriores por las que se condenó a otros responsables de los Grapo por el secuestro del empresario zaragozano, al tiempo que se detallan las condiciones en las que la víctima permaneció durante sus últimas semanas de cautiverio y de vida.

Los jueces cuentan cómo el grupo terrorista decidió llevar a cabo el secuestro "con la finalidad de financiar sus actividades", por lo que un comando compuesto por José Ortín Martínez, Enrique Cuadra Echeandía y Fernando Silva Sande, ya condenados por estos hechos, se encargaron de la ejecución material, en tanto que otra de las condenadas anteriormente, Concepción González Rodríguez, se encargó de las labores de vigilancia sobre la víctima. Según la sentencia, Teijelo y Gómez Méndez custodiaron la vivienda de Lyon, que ambos habían alquilado un mes antes del secuestro presentándose a la propietaria como un matrimonio de profesores españoles de francés. Teijelo presentó un DNI falso a nombre de José Luis Monforte.

En esa vivienda, Cordón fue encerrado en un armario empotrado de 1,71 metros de largo por 1,21 de ancho situado en la buhardilla. Le permitieron escribir cartas a su familia, las cuales, tras ser "fiscalizadas y censuradas" por los miembros del grupo terrorista, eran "repartidas en dos sobres, uno de los cuales fue cerrado por Gómez Méndez", según las pruebas de ADN halladas.

El tribunal basa su condena en la declaración inculpatoria que prestó Silva Sande, cuyo testimonio permitió localizar la vivienda de Lyon, aunque no el cadáver de Cordón. Los jueces también tuvieron en cuenta informes periciales caligráficos y de perfil genético como el mencionado ADN de la acusada.