La titular del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Ferrol ha estimado parcialmente el recurso presentado por la sociedad Socamex SAU, de grupo Urbaser, y ha decidido suspender el acuerdo plenario de 18 de septiembre de 2015 del Ayuntamiento ferrolano, en el que con los votos a favor del gobierno -formado entonces por Ferrol en Común y PSOE, además de los del grupo municipal del BNG- se aprobó la suspensión de la tasa de saneamiento y que había sido instaurada en el año anterior por el ejecutivo del PP.

El Concello anunció que recurrirá la sentencia. La suspensión del impuesto, según apuntan, "se adoptó después de que en 2015 quedase al descubierto que la depuradora de Prioriño no estaba en condiciones de realizar la depuración de aguas negras que se vertían a la ría". "Se estaba cobrando a los vecinos de modo indebido", concluyen desde el gobierno local.

La sentencia da la razón al socio privado del Ayuntamiento en la Empresa Mixta de Aguas de Ferrol (Emafesa), en donde la administración local tiene el 51% de las acciones y el 49% restante está ahora en manos del grupo China Tianying. En el fallo, la magistrada estima el recurso presentado por la sociedad mercantil, tanto por la decisión del pleno en septiembre de 2015 como por la decisión de este mismo órgano de representación de desestimar el recurso de reposición interpuesto, ya que la titular del único juzgado ferrolano de lo contencioso-administrativo asegura que esta decisión plenaria fue "contraria a derecho" y lo argumenta en tres principios.

Según se recoge en la sentencia, que ha sido notificada este lunes y que tiene vigencia a partir de este martes, "la ordenanza fiscal reguladora de la tasa de depuración de aguas residuales para el año 2014 se encuentra en vigor y debe de ser aplicada". Además dicha aplicación "ha de realizarse con relación al ejercicio 2014 y sucesivos hasta que se produzca la revisión, tal y como prevé su disposición final", concreta.

Por último, también recoge "la obligación del Ayuntamiento de poner en marcha la totalidad de las actuaciones necesarias para la exacción y cobro de dicha tasa", y en especial la aprobación del padrón de contribuyentes.

La jueza también argumenta la sentencia en que, tras esta anulación de la tasa de saneamiento, por el pleno no se aplicó lo establecido en los artículos 15 y 19 de la Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales (Trlhl), que también considera de aplicación para los supuestos de suspensión.

Por último, la magistrada también estima que dicha tasa cubre los costes de puesta en marcha y funcionamiento del servicio de depuración.

Esta sentencia estima parcialmente la petición de Socamex SAU, ya que "no se acepta la pretensión de la declaración de daños y perjuicios", y a la vista del informe del ingeniero industrial de Urbanismo, "se aprecian motivos suficientes para que no proceda la imposición de las costas".

El Ayuntamiento de Ferrol dispone de un plazo de 15 días para presentar un recurso de apelación, plazo que finaliza el 19 de junio. Actualmente, desde el 15 de noviembre de 2017, la tasa vuelve a estar vigente, tras haber pasado en suspensión más de dos años, y aprobar en pleno la suspensión, informa Europa Press.