Residir o trabajar en España sin los permisos de residencia en vigor al no conseguir un nuevo contrato laboral o entrar con un visado y luego quedarse en el país sin tener la documentación en regla son las principales causas que derivan en un proceso de expulsión de ciudadanos extranjeros. También se dictan deportaciones a inmigrantes procesados o encausados por delitos. Según los datos de la Delegación del Gobierno en Galicia, el año pasado se tramitaron 370 expedientes de expulsión en la comunidad, un 30% más que los 283 tramitados el ejercicio anterior. Se trata de la cifra más alta desde 2013 y la primera subida registrada en el último lustro.

Pese al repunte en el último año, la cifra está un tercio por debajo de las 458 órdenes dictadas en 2012 y un 70% menos que los 1.191 procesos tramitados en 2008. Los expedientes abiertos en el periodo 2013- 2017 en la comunidad ascienden a 1.721 de los que se saldaron con expulsiones 537, es decir, la tercera parte.

Desde el inicio de la recesión, la llegada de extranjeros empezó a contenerse, y en la misma línea, los expedientes a inmigrantes en situación irregular. Sin embargo el año pasado, tras cinco años perdiendo población extranjera, Galicia sumó 4.873 foráneos más. De ahí que también aumentasen las órdenes de expulsión pese al refuerzo de los controles en aeropuertos y fronteras y a que existen otros canales para que los inmigrantes regularicen su situación como las tarjetas comunitarias, la reagrupación familiar y, en el caso de los que llevan más de tres años sin papeles a través del arraigo social o laboral.

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Que haya más casos abiertos no significa que todos se resuelvan de inmediato. De hecho, de las 370 órdenes dictadas en 2017 se ejecutaron 142, lo que supone casi el 40% y que representa la tasa más alta de repatriaciones desde 2014. Son casi 20 puntos más que el balance de 2016, cuando se resolvieron la quinta parte de los casos con el traslado al país de origen, mientras que en el ejercicio anterior fue la tercera parte. En 2014 se alcanzó el máximo, con casi la mitad de órdenes derivadas en deportaciones; y en 2013 también superó el 20%. En el conjunto de los últimos cinco años, el volumen de órdenes de expulsión ejecutadas se sitúa en el 30%.

Las dificultades de proveer de documentación al sancionado o la negativa de los consulados a reconocer como sus nacionales a los inmigrantes con expediente de expulsión impiden numerosas repatriaciones. La mayoría de los procedimientos abiertos el año pasado se registraron en A Coruña, que concentró cuatro de diez casos con un total de 142 expedientes, seguidos por los 110 de Pontevedra un tercio. A más distancia se colocan Ourense y Lugo con 56 y 42 inmigrantes a los que la policía sorprendió sin papeles en la comunidad.

En cuanto a la evolución, en todas las provincias el aumento es similar al 30% de la media autonómica y se desmarca A Coruña, al crecer un 40% el número de expedientes.

En lo que respecta a las deportaciones llevadas a cabo, el índice más elevado lo protagoniza Pontevedra con un 75% de expulsiones efectivas sobre el total de las abiertas en la provincia, mientras que tanto en A Coruña como en Lugo se resuelven un tercio de los procesos iniciados. La proporción más baja se da en la provincia de Ourense con apenas un 8%.

Además de los expedientes de expulsión, el Ministerio del Interior aplica sanciones si no tiene constancia de los cambios de domicilio, la nacionalidad o el estado civil de los inmigrantes que residen en España. Y también multa a los que incumplan las medidas interpuestas por la seguridad pública o la realización de actividades contra el orden público.

Los inmigrantes obligados a dejar la comunidad tienen entre siete días y un mes para abandonar el país desde que reciben la notificación, salvo en el caso de tener a cargo a menores escolarizados que se espera a finalizar el año escolar a no ser que el otro progenitor resida en España y pueda hacerse cargo de ellos. Sin embargo, los procesos de tramitación preferente se llevan a cabo de forma inmediata.

Si terminado ese plazo el extranjero al que se le ha dictado la repatriación todavía continúa en Galicia, la policía podrá detenerlo y ejecutar la expulsión en un máximo de 72 horas. Y si por algún motivo no pudiese materializarse la expulsión en esos tres días desde la detención, se podrá solicitar al juez el ingreso del extranjero en centros de internamiento por un periodo que no podrá superar en ningún los tres meses.

En Galicia no hay instalaciones de este tipo y el Ministerio del Interior remite a los indocumentados en la comunidad al centro ubicado en Madrid, pero existe coordinación entre las distintas autonomías y con el objetivo de tratar de llenar los aviones con ciudadanos en situación de irregularidad en España.

La repatriación lleva consigo la prohibición durante un plazo de cinco años de entrada al territorio español y a los países con los que España tenga acuerdo en este asunto. En extranjeros que supongan una amenaza grave para el orden público.

La ley también prevé la posibilidad de imponer multas y en el momento de la detención el funcionario puede optar por abrir una orden de expulsión o por la sanción. Pero no suelen ser muy habituales las multas. El importe parte de los 500 euros en caso de infracciones más leves, como los retrasos en la comunicación de los cambios de nacionalidad, estado civil o domicilio además de trabajar sin solicitar la autorización correspondiente. Para casos más graves como permanecer en la comunidad en situación irregular o los matrimonios de conveniencia las multas van de los 500 a los 10.000 euros. Y podrá llegar a los 100.000 euros en los casos muy graves como contratar trabajadores sin documentación en regla o inducir a la inmigración clandestina o transportar extranjeros sin papeles a España.