Son cada vez más quienes deciden dejar por escrito el reparto de su patrimonio para el día que falten. Por la seguridad jurídica que aporta y los problemas que evita para los posibles herederos, casi 542.000 han hecho testamento ante notario en los últimos diez años y solo entre enero y junio de este año fueron un total de 32.603 los que dejaron por escrito su legado. En todo 2017 se tramitaron en la comunidad más de 65.000 testamentos, lo que supone una media de 178 cada día, un 4% más que los registrados el año anterior (62.580) y un 38% más que los inscritos hace una década (poco más de 47.00), según el balance del Colegio Notarial de Galicia.

La tendencia en el conjunto del país también se ha mantenido al alza durante los últimos años, con más de 6 millones de herencias inscritas ante notario entre 2008 y 2017, de las que casi 673.500 corresponden al ejercicio pasado, un 4% más que un año antes y un 18% más que hace una década. Casi diez de cada cien testamentos que se hacen en España se realizan en Galicia cuando la población de la comunidad apenas representa el 6% del total nacional.

¿Qué se esconde detrás de esta fiebre por dejar por escrito cómo y entre quienes repartirse los bienes? "Responde a ese interés que tenemos los gallegos por dejar organizado todo antes del fallecimiento. Es muy nuestra esa previsión de evitar problemas futuros y facilitar todos los trámites", detalla la decana del Colegio Notarial de Galicia, Isabel Louro. Uno de los perfiles que ha provocado el aumento de testadores en la comunidad durante los últimos años es el de gente joven, que bien como pareja desean testar el uno en el otro en caso de que uno de los dos fallezca -en el caso de un matrimonio sin descendencia que carezca de testamento los herederos son sus progenitores- o bien que tienen hijos menores o con discapacidad y quieren designar al tutor legal en el caso de la muerte de ambos o discrepancias tras una separación o divorcio.

"Lo que se busca con un testamento es que los problemas de su cónyuge o de sus familiares queden solucionados lo antes posible", destaca Louro, quien advierte de que se debe testar "como si uno se fuese a morir ya", no pensando en las circunstancias en las que uno se pueda encontrar pasados los años.

A pesar de ser uno de los documentos notariales más solicitados, el testamento sigue siendo un gran desconocido para parte de la sociedad. ¿Qué se necesita y cuánto cuesta? ¿Qué problemas evita? ¿En qué consiste la legítima? ¿Es igual en toda España? ¿Qué pasa si no se ha hecho testamento? ¿Se paga impuestos por dar el sí, quiero a una herencia? Son algunas de las preguntas a las que dan respuesta los trípticos informativos Las ventajas de hacer testamento ante notario, editados por el Consejo General del Notariado y distribuidos por las notarías de todo el país.

Trámites

"Hacer testamento es un trámite sencillo", destaca la decana del Colegio Notarial de Galicia. Tan solo es necesario el DNI y explicar al notario cómo se desea repartir el patrimonio. Al margen de cuánto valgan los bienes del testador, el coste suele oscilar entre los 38 y 50 euros. El testamento es revocable y se puede cambiar tantas veces como se quiera, de modo que el realizado con posterioridad deja sin efectos el anterior.

El testamento más común para las personas casadas y con hijos es aquel en el que la pareja se deja el uno al otro el usufructo y nombran herederos a los hijos. Con este tipo de legado, el cónyuge viudo, por ejemplo, tiene derecho a residir en la vivienda familiar mientras viva sin que los hijos puedan oponerse, pero nunca podrá vender nada del fallecido sin el consentimiento de sus descendientes.

En caso de que no exista testamento, será la ley (el Código Civil o la legislación civil de las comunidades autónomas), la que determine a quien o quienes corresponde heredar, siguiendo un orden establecido de parentesco.

Cuando un familiar fallece, basta con hacer una consulta en el registro de última voluntades -que puede hacerse por internet- para saber si hay testamento. De ser así, se notificará al interesado el notario que lo custodia, al que deberá acudir para disponer e una copia y conocer el reparto de la herencia.