Galicia abre una vía legal para permitir y dar cobijo legal a los conciertos no solo en las salas dedicadas específicamente a esta actividad, sino a bares, pubs y discotecas que programan espectáculos de música en vivo o teatro de forma periódica, sin que constituya su principal actividad económica. Aun así, el sector observa con recelo y pide mayor concreción a los cambios normativos que ultima la Xunta. La Lei de Espectáculos Públicos que entró en vigor el año pasado generó cierta alarma en el sector porque entendía que se laminaba la opción de música en vivo en locales pequeños.

Sin embargo, la Vicepresidencia de la Xunta maneja ya un borrador para renovar el Catálogo de Espectáculos Públicos, Actividades Recreativas e Establecementos Abertos ao Público, que entre otras opciones elimina los tablaos flamencos de la comunidad, una figura usada por algunos locales para ampliar de forma fraudulenta su horario de cierre ante la inacción municipal.

En cuanto a los conciertos, la norma mantiene la figura de las salas de fiestas para coger estos espectáculos, estableciendo como requisito que cuenten con pista de baile, escenario, camerinos y ropero y los cafés-espectáculo, donde veta las pistas de baile. Pero abre nuevas posibilidades. Por un lado, elimina el veto a las actuaciones en directo que están vigentes ahora para las discotecas y por otro introduce dos cambios legales.

El primero es permitir conciertos "de escasa entidad o incidencia" en locales con aforo menor de 75 personas y que no necesiten montar escenario, insonorización adicional o camerinos. El segundo, permitir que "en los establecimientos abiertos al público se puedan celebrar más de un tipo de espectáculo público o actividad recreativa compatible entre sí". Para ello, deberá constar el permiso para esa doble actividad en la licencia municipal o en la declaración responsable que presente el dueño, siempre que haya compatibilidad de horarios y condiciones de insonorización.