La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo acaba de anular la condena de doce años de prisión impuesta en noviembre de 2017 por la Audiencia de Pontevedra a Ángel Martínez Pérez, Lito, conocido como el rey de las orquestas en Galicia, como autor de varios delitos de fraude fiscal.

Aquel histórico fallo era el primero, y el único hasta el momento, condenatorio contra el magnate que controlaba el negocio de las verbenas en Galicia por no declarar a Hacienda una ingente cantidad de ingresos de este próspero negocio. Según aquella sentencia, en los años 2011 y 2012 Representaciones Lito habría ocultado al fisco 26 y 24 millones de euros respectivamente, por lo que además de los doce años de prisión se le obligaba a devolver a Hacienda unos 9 millones de euros supuestamente defraudados y se le imponían multas a él y a su empresa de unos 50 millones. Todo esto queda ahora en agua de borrajas.

El Tribunal Supremo ordena anular la sentencia y retrotraer las actuaciones al momento mismo del señalamiento de la vista oral ante la Audiencia de Pontevedra, con la finalidad de proceder a la celebración de un nuevo juicio.

El Supremo estima el recurso interpuesto por la Defensa tanto de Ángel Martínez como de Representaciones Lito, que ejerce el letrado Carlos Seoane Domínguez, del despacho CCS Abogados. Precisamente, la principal razón por la que el Alto Tribunal entiende que se vulneraron los derechos tanto de Ángel Martínez como, fundamentalmente, de la empresa que controlaba, es que ambas partes estuvieron representadas en el proceso por la misma defensa. Señala el Supremo que Lito controlaba el 51% de las acciones de esta firma, quedando el 49% restante en manos de otros cuatro socios.

Durante la fase de instrucción, el juzgado de Caldas sí que apreció la necesidad de que se nombrase a otro de los socios como representante de la empresa en el proceso, al no tener por qué coincidir los intereses de la firma con los de Ángel Martínez, representado por un abogado distinto. Sin embargo, en el juicio no ocurrió así y un único letrado representó tanto al acusado persona física como a la persona jurídica.

Es por ello que ahora el Alto Tribunal ordena que el caso vuelva a ser juzgado en la Audiencia de Pontevedra y se haga nombrando, si es necesario de oficio, a un letrado que represente los intereses de la empresa diferente al del acusado. Además, el tribunal deberá estar integrado por magistrados distintos a los que dictaron la anterior sentencia, las magistradas titulares de la Sección Cuarta de la Audiencia Provincial.

Así las cosas, Lito gana una nueva batalla judicial aunque sigue sin cerrar uno de los muchos frentes judiciales que tiene abiertos con la Justicia por la supuesta ocultación a Hacienda de los beneficios de la representación de orquestas. Sin embargo, no es una victoria judicial cualquiera. No solo era la única sentencia condenatoria que pesaba sobre él, que ahora queda anulada, sino que además era la única en la que su abogado, Carlos Seoane, no había podido introducir la anulación del registro que dictó un juzgado de lo Penal de Pontevedra en otro proceso con fecha posterior y en el que Lito resultó absuelto.

El propio letrado confirmaba ayer que este fallo judicial le permite ahora introducir también en esta causa la posibilidad de la nulidad del registro. Un registro en el que se halló la toda la documentación sobre la que se sustenta la prueba de la acusación.