El divorcio electoral de la autoproclamada izquierda rupturista se ha convertido ya en una guerra abierta y declarada entre En Marea y la coalición En Común Unidas Podemos. El partido instrumental liderado por Luís Villares trató de impugnar la candidatura de su rival e impedir, por tanto, que pudiese presentarse a las elecciones generales del 28 de abril si mantenía en su nomenclatura oficial la marca Mareas en Común, que considera un "partido fantasma". Las juntas electorales provinciales, sin embargo, han tumbado su pretensión.

El choque por la marca marea era inevitable. Tras un primer choque reivindicando la herencia de los resultados de 2016 y, por tanto, un lugar preferente en las papeletas al Senado „y trato acorde en los medios de comunicación públicos„ que ganó En Común, llegó el segundo. El partido de Villares solicitó la impugnación de la coalición En Común Unidas Podemos (Podemos-EU-Mareas en Común-Equo) "en el caso de que no se elimine de su denominación, siglas y símbolo la expresión Mareas en Común. Pero las juntas electorales de A Coruña, Pontevedra, Ourense y Lugo desestimaron su demanda, según las resoluciones a las que ha tenido acceso este diario. En el último caso, se considera que el conflicto compete a la Junta Electoral Central.

La más contundente es la firmada el pasado domingo por la secretaria de la Junta Electoral de Pontevedra, que tumba las pretensiones de los de Villares, que alegaban la opción de confusión al electorado y reivindicaban su propiedad sobre la marca En Marea. "No apreciamos riesgo de confusión entre las denominaciones Mareas en Común [partido registrado en el Ministerio del Interior en agosto del año pasado] y En Marea", indica antes de añadir que "marea es un término genérico, no identificativo por sí mismo", al tiempo que recuerda que ya fue usado por la coalición electoral de las generales de 2015 y 2016.

La junta considera que el elector no tendrá dudas a la hora de identificar cada papeleta con sus impulsores. "La presencia en dicha denominación de una pluralidad de denominaciones identifica, en su conjunto, a dicha candidatura, frente a la que presenta de forma aislada, individualizada, el partido político En Marea, de modo que el elector puede apreciar a simple vista que se trata de dos candidaturas diferentes", sostiene.

La junta pontevedresa también golpea uno de los argumentos de los villaristas, que reivindican En Marea como heredera de la coalición del mismo nombre que se presentó en las generales de 2015 y 2016, alegando para ello acuerdos orgánicos. "No resulta acreditado que el partido político En Marea sea continuador de la coalición electoral de idéntica denominación que concurrió a las elecciones generales de diciembre de 2015", explica la resolución, antes de recordar que existen 15 partidos registrados en Interior que incluyen marea en su nombre.

En las dos anteriores generales, la coalición En Marea fue suscrita por Podemos, Esquerda Unida y Anova. Esta última, sin embargo, ha renunciado a reeditar la alianza molesta por la escasa cuota que le otorgaban sus compañeros en las listas electorales, quedándose los dos primeros los puestos números uno por A Coruña y Pontevedra y A Coruña, que ocuparán Antón Gómez-Reino y Yolanda Díaz, respectivamente. Ambos fueron los primeros de la lista coruñesa en los comicios de 2015 y 2016.

"Tampoco resulta acreditado que el partido Mareas en Común sea una entidad política fantasma", como sostiene el impugnante", añade sobre la acusación por parte de la dirección de Villares, juez del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia en excedencia.