Particulares y autónomos con deudas y sin posibilidad de hacer frente a los impagos que arrastran desde la crisis tienen una segunda oportunidad para rehacer su vida. La llamada Ley de Segunda Oportunidad, aprobada en 2015, permite a familias y pequeños negocios empezar de cero ante una situación de endeudamiento a la que no pueden hacer frente. De los más de 10.500 afectados que se acogieron desde entonces en España, un total de 315 son de Galicia, según datos de la compañía Repara tu deuda, una empresa reparadora de crédito española online que aplica esta normativa para la cancelación de deudas a particulares.

Cataluña está a la cabeza de solicitudes, con 3.954, seguida de lejos por Madrid (1.674), Valencia (984), Andalucía (805) y Aragón (589). En el octavo puesto del ranking nacional se coloca Galicia, seguida de País Vasco (231) y Asturias (227).

¿Quién puede acogerse al proceso de cancelación de deuda? Tanto particulares como autónomos con deudas no superiores a cinco millones de euros. El retraso en sus facturas supera los tres meses. Las condiciones básicas para poder poner el contador a cero son: liquidar todos sus bienes previamente para hacer frente a las deudas, que se declare la conclusión del concurso por insuficiencia de masa y haber actuado "de buena fe". Es decir, que la situación de impago no se ha cometido adrede y ha tenido intención de pagar sus deudas, ha tratado de negociar con sus acreedores un plan de pagos y no ha cometido delito económico alguno.

Lo que se puede conseguir con esta ley son dos cosas. Por un lado, un acuerdo de pago acorde con las posibilidades de cada persona. Y si esto falla o no hay recursos disponibles para afrontarlo, la cancelación total de las deudas. Es un proceso administrativo que se judicializa en la parte del concurso, pero el afectado no tiene que acudir a ningún juicio ni estar pendiente de sentencia alguna. O acuerdo o cancelación, siempre que se cumplan todo los requisitos y sean deudores de buena fe.