Buena parte de los fondos que quedan bloqueados cada año en los juzgados del país se devuelve a los litigantes, aunque sin intereses, o bien van a parar a la parte contraria cuando se dicta sentencia a su favor. Pero hay miles de euros que tras años congelados en las cuentas judiciales se los queda el Estado. Se trata de los depósitos de ciudadanos que una vez finalizado el proceso judicial no reclaman las cantidades entregadas o de aquellas en concepto de fianza de acusados en rebeldía o de consignaciones con algún error formal.

¿Cuándo procede un juzgado a la devolución de esos depósitos? Una vez que el juez dicta sentencia firme se resuelve qué hacer con esas cantidades. Ahora bien, la Justicia no reingresa de oficio el dinero depositado por los litigantes, sino que tienen que ser ellos quienes lo reclamen. Y, ¿cómo saber cuándo han sido desbloqueados estos ingresos en las cuentas de Justicia? La relación de depósitos y consignaciones judiciales que están a punto de pasar a las arcas del Tesoro Público se publican de manera periódica en el Boletín Oficial del Estado (BOE) por parte de la Secretaría de la Administración de Justicia. Algunos de los depósitos publicados en estas listas llevaban décadas sin ser reclamados y su cuantía es muy dispar: desde menos de un euro a algunos que superan los 6.000.

El objetivo de este último llamamiento a través del BOE es muy claro: que los litigantes pasen a recoger esos depósitos en el plazo máximo de un mes, porque de lo contrario "se declarará abonado a favor del Estado".