Aunque la orden INT/624/ 2008 implantó la baja telemática de los vehículos, este modelo puede esconder un fraude de ley ya que en la práctica permite finalizar la vida administrativa de un vehículo sin acompañarla de la correspondiente descontaminación por parte de los centros autorizados para su tratamiento.

Las bajas temporales de los vehículos son una práctica legal y muchos propietarios recurren a ellas debido a que no van a utilizar su vehículo durante un tiempo determinado. Es por ello que deciden sacarlo de circulación durante un periodo para poder darlo de alta cuando vuelvan a ponerse al volante. Con este mecanismo, se evita durante ese tiempo de baja temporal tener que pagar el impuesto de circulación, el seguro o pasar la Inspección Técnica de Vehículos (ITV).

Para poder tramitar la baja de un vehículo tan solo hay que cubrir un impreso oficial y pagar una tasa de poco más de 8 euros. Este trámite lo puede realizar el propietario o cualquier persona en su nombre aportanto el DNI y una autorización. En la actualidad, de las 700.000 bajas anuales en España, la mitad son de carácter temporal.