Una de cal y otra de arena para Audasa. Si ayer el Juzgado Mercantil Nº 1 de Pontevedra condenó a la concesionaria de la AP-9 por los pejaes abusivos durante los atascos provocados durante la ampliación de Rande, hoy el Tribunal Supremo le da la razón frente a la Administración General del Estado en otro caso.

La empresa deberá recibir una compensación después de que el Ministerio de Fomento, de aquella dirigido por el popular Íñigo de la Serna, por recortase en 2017 la compensación que recibía en concepto de "peajes en sombra", esto es, por la supresión del cobro de los peajes en los itinerarios Vigo-O Morrazo, A Barcala-A Coruña, e inversos. Si Audasa recibió ese año más de 13 millones, el ejercicio siguiente se quedó en unos siete.

En la sentencia conocida este martes, el Tribunal Supremo estima el recurso de la compañía, que solicitaba ser resarcida por el perjuicio que le causó una modificación "unilateral de la concesión" basada "sobre uno de los elementos esenciales del contratos", el peaje por sistema de tarifa. Según la sala de lo Contencioso-Administrativo, hasta 2006 los tramos Vigo-O Morrazo y A Barcala-A Coruña (e inversos) se regían por el "peaje al sol", es decir, era el usuario quien abonaba directamente la tarifa a fin de utilizar la autopista, si bien este sistema era compatible con la existencia de ayudas para los residentes.

Sin embargo, ese año la Administración General del Estado acordó con la Xunta de Galicia y con la sociedad concesionaria de la autopista del Atlántico la supresión del cobro del peaje a todos los vehículos que efectuasen los citados recorridos. A cambio, el Estado y la propia comunidad autónoma, "a partes iguales", se comprometieron a compensar a Audasa por el paso "al peaje en la sombra", todo con el objetivo de "solucionar los problemas de tráfico" en estos itinerarios.

No obstante, lo "relevante" de este cambio, destaca la sentencia, es que los ingresos de la concesionaria seguían dependiendo de los tránsitos de la autopista a pesar del cambio de pagador. Años después, en 2017, el Gobierno aprobó hacerse cargo de forma íntegra de la compensación hasta 2048, año en el que finaliza la concesión de la AP-9.

El mismo real decreto preveía recortar la cuantía a abonar a Audasa tras constatar "una diferente evolución de los ingresos por el peaje de los tramos en los que se implantó la supresión del cobro respecto a los del resto de la autopista". Este hecho, explicaba el Ejecutivo, había generado una "situación perjudicial para las administraciones implicadas" y suponía un "cierto enriquecimiento injusto" de la concesionaria.

Ahora el tribunal da la razón a Audasa, que en 2018 presentó su recurso de casación, y sentencia que la normativa "impide" variar el régimen de retribución del contratista "cuando se alteren las bases" y la compensación pase a depender de "elementos extraños al sistema inicialmente determinado". Por ello, reconoce el derecho a indemnización de la compañía, que en los últimos resultados anuales disponibles, los de 2018, registró la mayor caída de ingresos (-28,4 %) en la partida destinada a estos peajes a consecuencia de que la Administración redujera su aportación.