La lucha contra el fraude fiscal se convirtió en la bandera de la gestión tributaria entre las administraciones cuando el estallido de la crisis diezmó la recaudación y las cajas públicas se quedaron al borde de la asfixia financiera. Fue, a la vez, una ocasión perfecta para sacar pecho por la persecución de los evasores. En ese momento, el Gobierno gallego acumulaba varios toques de atención de la Inspección General del Ministerio de Hacienda por la "alta conflictividad" provocada por sus sobrevaloraciones de los bienes declarados para cobrar más de lo calculado por los ciudadanos. El uso y abuso de varios métodos de cálculo y la falta de motivación colocaron a Galicia a la cabeza de las reclamaciones tributarias y dispararon las estimaciones a favor de los demandantes en el Tribunal Económico-Administrativo Regional (TEAR) y por parte también del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG), que ahora pone coto a la dinámica de la Atriga de repetir las revisiones en un mismo caso cada vez que se anula la anterior. Al Alto Tribunal gallego se le agotó la paciencia. Hasta ahora, siempre que la administración cumpliera con el plazo de prescripción, el TSXG avalaba la realización de una tercera liquidación de un impuesto si las dos anteriores se tumbaron por errores diferentes. Era lo habitual. ¿Por qué?

La principal razón de anulación en las retasaciones es la ausencia de una justificación a esos vertiginosos incrementos de valor. Según los últimos datos de la propia Atriga, entre el importe declarado por los contribuyentes gallegos en 2018 y el estimado por ella tras 185.000 comprobaciones hay una diferencia de 1.300 millones de euros. La Inspección General del Ministerio de Hacienda recoge subidas de valor de hasta el 80% en bienes urbanos en algunas delegaciones tributarias de la comunidad y del 79% en rústicos. Cuando el TEAR o el TSXG tumban las liquidaciones por esa ausencia de motivación, la Xunta intenta esquivar la anulación de un segundo intento recurriendo a otro de los métodos de cálculo permitido por ley. No se puede cambiar de sistema en un mismo expediente. Basándose en que es un error diferente al de la ausencia de argumentos, la Xunta conseguía el respaldo del TSXG para realizar un tercer intento. Pero la Sala de lo Contencioso ha llegado a la conclusión de la causa de anulación "es indiferente". "Lo relevante es la reiteración del error en el actuar administrativo", reprocha.

El TSXG modifica su posición a raíz de un caso en el que estaban en juego casi 39.000 euros. La primera liquidación de una declaración de ITP fue anulada "por defectos de motivación" y la Atriga optó por cambiar de método y echar mano de la tasación pericial para la segunda comprobación. El TEAR lo rechazó. En el recurso presentado por la Atriga en el TSXG, el Abogado del Estado recordó a la Xunta que lo correcto es "subsanar el defecto aplicando el mismo método empleado en la comprobación viciada". "El cambio de medio de determinación del importe puede, o no, resultar intranscendente, pero lo cierto es que con tal cambio la administración desbordó los térmicos de la retroacción y efectuó una ruptura interna de los términos de la misma", coincide el tribunal gallego.

Desde esa sentencia fechada en octubre, el TSXG lleva otros fallos ya citándola para consolidar su nuevo criterio. Y en todas ellas, además, con condena de costas por un máximo de 1.500 euros.