La factura fiscal que acarrea una herencia es determinante a la hora de aceptar o rechazar un legado. Dos son las realidades que dejan los testamentos abiertos cada año en Galicia. En ambos casos con cifras récord año tras año. Por un lado, están las herencias en vida tras las exenciones en el impuesto de Sucesiones aprobadas por la Xunta en 2016 „limitadas a familiares en línea ascendente o descendente (padres-hijos, abuelos-nietos y cónyuges) para transmisiones por un valor inferior a los 400.000 euros„, que tienen un coste fiscal cero. Pero por otro, están las herencias de familiares lejanos o simplemente conocidos que disparan el desembolso por decir a un testamento. Las gravosas tarifas para este tipo de legados junto con las deudas a las que haya que hacer frente han provocado en los últimos cinco años casi 13.400 renuncias, según el balance del Colegio Notarial de Galicia.

Solo en 2019 fueron 3.134 „una media de 9 cada día„ los contribuyentes gallegos que dijeron no al testamento en el que aparecían como herederos, lo que supone el cuádruple de cuando estalló la crisis y un 5% más que en 2018, año en el que ya se había batido récord de rechazos.

Por provincias, A Coruña y Pontevedra concentran el grueso de los legados a los que se dijo no el año pasado en Galicia. Entre ambas suman más de 2.400 renuncias, el 76% del total en la comunidad. En el caso de los testamentos abiertos en A Coruña en 2019, un total de 1.305 herederos renunciaron a los bienes „el 41% de las registradas en Galicia„; y en Pontevedra, 1.108 „el 35%„. Los noes de herederos dados ante notario en Lugo y Ourense se quedan muy por debajo de estas cifras, con 392 y 329 rechazados, respectivamente.

Las exenciones fiscales aprobadas por la Xunta en 2016 por las que dejaron a cero el impuesto de Sucesiones para la práctica totalidad de los hijos y cónyuges y que desde este año se extendió para testamentos inferiores a un millón de euros no tienen impacto alguno en las renuncias ya que estas obedecen a motivos económicos y fiscales. Si hay deudas del difunto „no solo se heredan los bienes, sino también los números rojos que haya contraído el hereditario„ o si se trata de una herencia de parientes de tercer grado y ulteriores (tíos, primos o hermanos) o extraños no familiares es suficiente para pensárselo dos veces antes de aceptar.

En el caso de los hermanos, enero del año pasado entró en vigor la reforma de la Xunta por la que quedan exentos del impuestos de Sucesiones los legados de hasta 16.000 euros entre estos familiares „frente a los 8.000 en los que estaba fijado el límite„. La previsión de Facenda era que seis de cada diez herencias entre hermanos dejaran de tributar.

Uno de los motivos que lleva al rechazo es la hipoteca que pesa sobre la vivienda. Como el mercado de venta de inmuebles estaba hasta hace poco cerrado por falta de demanda, el heredero que no puede hacer frente al préstamo y no tiene garantías de que pueda venderlo en un plazo razonable optar por renunciar para no verse comprometido por el pago de las cuotas.

Entre los motivos económicos para desentenderse de una herencia no solo están las deudas conocidas que han motivado la insolvencia patrimonial del llamado causante, sino también por las responsabilidades económicas que como heredero pueden afectarle, tales como las derivadas de haber otorgado avales o afianzamientos a terceros o por responsabilidades fiscales por las comprobaciones realizadas por Hacienda de ejercicios no prescritos, entre otras.

En el caso de los herederos colaterales de tercer grado y ulteriores o extraños no parientes, el impuesto resulta muy gravoso. Ante la dificultad de venta de los inmuebles legados en un plazo razonable que obliga a poner dinero del propio bolsillo para el pago del tributo se han producido cada vez más renuncias de las herencias del tío/a soltero/a.