La investigación del accidente del Alvia está a punto de finalizar su larga travesía judicial. Tras más de siete años de instrucción, el juez dio por cerrada la causa a finales del pasado mes de septiembre con dos únicos imputados -el maquinista, Francisco José Garzón, y un único cargo público, el exdirector de Seguridad de Adif, Andrés Cortabitarte- por 80 homicidios imprudentes y 148 delitos de lesiones. Pero el proceso estaba pendiente de la resolución de los recursos de forma interpuestos contra el cierre de la investigación, que acaban de ser desestimados por el juez instructor, Andrés Lago Louro. El arranque del juicio oral se vio frustrado de nuevo a finales de 2019 tras las revelaciones de un técnico de Talgo sobre el borrado de pruebas de las averías del tren que descarriló en Angrois en julio de 2013.

En un auto difundido ayer por el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia, el instructor resta relevancia a las investigaciones realizadas tras la declaración del extécnico de Talgo, limita la responsabilidad sobre la evaluación del riesgo y la adopción de medidas de seguridad en las líneas ferroviarias a Adif exculpando así a Renfe y rechaza la desimputación del maquinista por haber "incumplido su obligación esencial: respetar el cuadro de velocidades máximas, y ello ha generado un resultado catastrófico". El instructor es tajante: si el conductor del convoy hubiese respetado el cuadro de velocidades "el accidente no se hubiera producido". Aunque apunta que el hecho de que otros responsables de Adif "hayan incumplido también presuntamente su obligación de realizar una correcta evaluación de los riesgos que pudiera comportar mejoras en la infraestructura o en el subsistema de control, mando y señalización, advierte de que eso no excluye la responsabilidad del maquinista ni lo exonera de su presunta responsabilidad en la causa del siniestro".

"No existe el más mínimo indicio de que el tren no estuviese en condiciones de circular, ni el más mínimo indicio de que los defectos a los que alude el extécnico existieran o no hubieran sido arreglados antes de salir el tren y, menos aún, del pretendido borrado informático", argumenta Lago Louro sobre las declaraciones del extécnico de Talgo sobre el borrado de averías del Alvia siniestrado en la curva de A Grandeira.

En el recurso interpuesto por la Plataforma Víctimas del Alvia 04155, el colectivo de afectados reclamaba la imputación del director de Seguridad en la Circulación de Renfe cuando sucedieron los hechos, Antonio Lanchares. Pero el juez advierte de que su responsabilidad "se ciñe al material rodante y a la formación del maquinista", aspectos en los que "no consta que hubiere incurrido en incumplimiento normativo y/o técnico alguno". Descarta además que en el siniestro "hubiere tenido incidencia un posible defecto del material rodante, de la documentación del tren o de la formación y/o habilitación del maquinista".

"El único elemento que pudo contribuir causalmente al siniestro, además de la imprudencia del propio maquinista, es una incorrecta valoración del riesgo por fallo humano vinculado a la infraestructura de la vía y, más concretamente, al subsistema de control, mando y señalización, pero la gestión de dicho riesgo compete en exclusiva a Adif", entiende el juez, quien indica que, en caso de fallo humano, "realmente no existía una segunda barrera de seguridad". A quien le competía evaluar ese riesgo y adoptar las medidas necesarias, según el auto, era a Adif.

El instructor también rechaza imputar al gerente del Área de Seguridad en la Circulación del Noroeste de Adif: "Más allá de la denominación de su cargo, carece de competencia alguna en el ámbito de la evaluación de riesgos".

Algunas de las partes implicadas en el procedimiento han presentado recursos de apelación ante la Audiencia de A Coruña. Por ello, el juez instructor ha acordado no tramitar los escritos de acusación hasta que el auto de cierre de la investigación sea firme.