La sección sexta de la Audiencia Provincial de A Coruña ha condenado al administrador de una sociedad a tres años de cárcel y al pago de una multa de 2.400 euros por garantizar a varios inversores una rentabilidad de capital muy superior a la que ofertaba cualquier entidad bancaria en 2017 y, una vez que le confiaban su dinero, estafarlos. Además, deberá indemnizar a los siete perjudicados con un total de 62.708 euros. El engaño, según considera acreditado el tribunal, “consistía en hacer creer a los inversionistas que iban a obtener una alta rentabilidad por sus ahorros (igual o superior al 10 % mensual) con el señuelo de que iba a invertirlos en empresas de los sectores publicitario, farmacéutico y sanitario, que generaban esos elevados beneficios, cuando lo cierto es que tal inversión nunca se llegó a producir”.

 Los magistrados, además, destacan que el condenado trataba de “transmitirles seguridad” garantizándoles la recuperación del dinero invertido. De esta forma, les aseguraba que tanto él como su familia tenían capacidad económica para responder del compromiso asumido, algo que no era cierto; y, por otro lado, les entregaba un reconocimiento de deuda y un pagaré en el que hacía constar que avalaba la operación y que se podía recuperar la cantidad entregada con un simple preaviso de siete días. A todo ello, según consta en la sentencia, se añade la circunstancia de que solo a algunos de los inversores, inicialmente, les entregaba la elevada rentabilidad prometida, “lo cual provocaba en estos la falsa ilusión de que el negocio era tan rentable como se prometía y, a su vez, daba lugar a que algunos de ellos aumentasen el capital invertido y que otros se decidieran a invertir en base a la rentabilidad ya obtenida por aquellos”.