La Audiencia de A Coruña ha absuelto al exalcalde de Ordes Manuel Regos de un delito continuado de prevaricación administrativa al autorizar licencias a locales de ocio por no resultar acreditado que diese “un trato de favor” a determinados establecimientos.

La Sección Primera indica en la sentencia que las “irregularidades” observadas “no integran la figura del delito de prevaricación” y concluye que “no se acredita un previo concierto con los empresarios de la hostelería nocturna”. Asimismo, añade que “varias de esas peticiones de cambio de licencia fueron denegadas”.

Los jueces relatan que, entre 2009 y 2012, “un significativo número de locales de ocio nocturno” solicitaron en el municipio cambios de licencia de pub a café concierto, café cantante o tablao flamenco para, posteriormente, regresar a licencia de pub. La finalidad de estos cambios, según los magistrados, era obtener una mejora en el horario de cierre, informa Efe.