Multas de hasta 10.000 euros a los promotores que no censen las parcelas disponibles

La Xunta prevé aprobar la nueva norma el próximo año

REDACCIÓN

A Coruña

La nueva ley de áreas empresariales recoge la obligación de los promotores de inscribir en un censo todas las zonas con parcelas disponibles para compañías de cara a su venta y desarrollo. En caso de no hacerlo, el texto fija multas que van de los 1.000 a los 10.000 euros.

De este modo, se incluye en la ley una medida que la Xunta ya había aprobado a través de decreto el año pasado, por la cual Galicia se había convertido en una de las primeras comunidades en disponer de un censo de suelo empresarial actualizado.

Los responsables de inscribir las parcelas en el censo serán los promotores de las áreas empresariales, para lo cual contarán con una aplicación informática en la página web del Instituto Galego de Vivenda e Solo (IGVS).

El acceso al censo de suelo empresarial es público y se realizará a través de portales web del IGVS y de la sociedad Xestión do Solo de Galicia (Xestur). Toda la información del registro será accesible de forma libre y gratuita.

De tal forma, se incluye como infracción administrativa leve la falta de inscripción en el censo de suelo empresarial de aquellas áreas con parcelas libres.

Concellos emprendedores

La Xunta prevé aprobar el próximo año esta norma para agilizar la creación de suelo para las empresas. La ley consta de un centenar de artículos, estructurados en siete títulos, así como diferentes disposiciones.

En ella se regularán los llamados ayuntamientos emprendedores —actualmente hay 147— por ley para facilitarles ayudas e incentivos prioritarios, ya que habrá una discriminación positiva en caso de subvenciones en régimen competitivo.

Una comisión técnica con representantes de la Xunta y la Federación Galega de Municipios e Provincias (Fegamp) se encargará de la valoración del cumplimiento de los requisitos exigidos.

Entre las medidas municipales para el fomento empresarial, figura que los ayuntamientos tendrán 30 días para resolver una solicitud de licencia de obra, un plazo que se rebaja a 15 días si se trata de actividades estratégicas.

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