En un fallo difundido este sábado, la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) considera procedente el despido de un conductor de ambulancia que dio positivo en un control de drogas de la Guardia Civil de Tráfico. El chófer, que prestaba servicio para la Fundación Pública Urxencias Sanitarias de Galicia-061, fue despedido en marzo de este año al detectarse en un control aleatorio de tráfico que conducía bajo los efectos de la droga.

Contra la resolución cabe recurso, y en ella los magistrados revocan la sentencia de primera instancia que daba la razón al trabajador y ordenaba la readmisión en la empresa, además del pago de una indemnización. La infracción cometida motivó la inmovilización de la ambulancia por un período de 45 minutos, además de la imposición de una multa de 1.000 euros acompañada de la pérdida de seis puntos en el carné de conducir.

Por este motivo, la empresa decidió prescindir del conductor, que recurrió su despido en los tribunales. En primera instancia, se dio la razón al conductor en un fallo que ahora revoca la Sala de lo Social del TSXG al considerar que el empleado “rompió la buena fe contractual” con su conducta.

El cargo que desempeñaba conllevaba “múltiples riesgos y la exigencia de las completas aptitudes durante la prestación de servicios” por lo que, al hacer uso de drogas antes de iniciar su jornada, puso “conscientemente” en “riesgo” las obligaciones de mantenerse con la “máxima diligencia y atención”.

Un argumento del reclamante era que había consumido los estupefacientes con antelación suficiente para que no repercutiesen en sus aptitudes físicas en el inicio de su jornada. Pero el TSXG determina que el momento del consumo “carece de importancia” al no tratarse de un proceso penal “en el que habría que valorarse cuándo se produjo o la influencia en la seguridad vial”.