La empresa Greenalia presentó varias recusaciones contra el magistrado Luís Villares para impedir que dictaminase en pleitos contra esta compañía debido a su pasado en política como líder de En Marea y sus manifestaciones en contra de la gestión eólica del Gobierno gallego. El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) resolvió aplicar la doctrina del Tribunal Supremo y del Constitucional que rechaza que la ideología de un magistrado sea motivo de recusación. Curiosamente, el propio abogado de la Xunta se opuso a esta recusación de Villares en el trámite de alegaciones. 

Greenalia solicitó la recusación de Villares en un pleito de la Asociación Petón do Lobo contra el acuerdo del Consello de la Xunta que autorizó el parque eólico que promueve en Monte Campelo (Coristanco y Santa Comba) y también en el pleito que le puso esta entidad en relación al parque eólico Monte Tourado (Vimianzo) al considerar que como antiguo líder de En Marea tiene un “interés personal y directo” en este asunto, realizó una “intensa y constante actividad de oposición a la política energética y medioambiental” de la Xunta y su partido político de entonces censuró los parques eólicos.

El Tribunal, en un auto, rechaza la petición de Greenalia porque considera que las manifestaciones del magistrado Villares en su etapa política hacían referencia a una “crítica general, política y jurídica de la legislación eólica” y eso no supone “un propósito de no aplicarla o incumplirla”. La Sala (formada por tres magistrados, sin Luís Villares) recalca además que objetivamente no consta una “toma de partido sobre la aprobación del parque eólico” ni un “juicio anticipado” sobre este pleito en concreto. Recuerda que la recusación exige que exista un “interés singularizado” contra este parque eólico en concreto, lo que “no concurre en este caso”.

 Tras insistir en que las manifestaciones del exlíder de En Marea eran una “crítica general de la legislación eólica” que "no comprometen la imparcialidad” en estos pleitos concretos, recuerda también que la expresión de discrepancia con una norma jurídica “no implica pérdida de imparcialidad” sino el “ejercicio de un derecho fundamental”. Los magistrados señalan que para que se recusado un magistrado que estuvo en un cargo público o representativo tenía que haber participado en este asunto del pleito o tener conocimiento sobre el mismo. 

El Superior subraya también que Luís Villares ya participó en una medida cautelar sobre otro parque eólico, también con Parque Eólico como recurrente, y en ese caso “se dictó resolución desestimatoria” contra lo que pedía esta asociación. Añade que este magistrado también ha intervenido en “múltiples asuntos” en los que es parte la Xunta “sin que ni la Administración ni otra parte hubiese objetado nada por razón del vínculo subjetivo entre el magistrado y altos cargos de la Xunta”.

El Alto Tribunal gallego señal además que “en modo alguno” concurre la causa de nulidad esgrimida por Greenalia respecto a la enemistad manifiesta. Greenalia no se conformó con el primer auto del Superior rechazando su petición de recusación. En el pleito por el parque eólico Monte Tourado de Vimianzo presentó un incidente de nulidad alegando que no se designó instructor y no se oyó al Ministerio Fiscal además de que dicho auto lo resolvieron magistrados “de la propia sección del magistrado recusado”, por lo que reclamó la retroacción de actuaciones hasta el momento anterior al pronunciamiento. 

La Sala gallega aceptó este incidente, determinó que procedía declarar la nulidad y ordenó efectivamente retrotraer las actuaciones, suspendiendo el pleito principal hasta que se resolviese este asunto. El Ministerio Fiscal emitió un informe el pasado 30 de enero en el que manifestaba que no veía “interés directo” de Luís Villares en el pleito de Petón do Lobo contra Greenalia que pudiese “comprometer su imparcialidad” por lo que reclamó que se desestimase la recusación.

La Sala designó magistrado instructor del incidente de recusación, por orden de antigüedad, y el pasado jueves tres magistrados del TSXG, excluido Luís Villares, acordaron en un auto desestimar la recusación formulada por la compañía de energías renovables coruñesa Greenalia.