El Supremo permite a Ence seguir en Pontevedra hasta 2073

Considera que se pueden prorrogar las concesiones anteriores a la Ley General de Costas de 1988 siempre que consten, como es el caso, informes medioambientales favorables

FABRICA DE ENCE

FABRICA DE ENCE / Rafa Vázquez

Carlos García

La Sección Quinta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo ha estimado los recursos presentados por ENCE y otras once entidades contra las sentencias de la Audiencia Nacional que anularon la Resolución, de 20 de enero de 2016, de la Directora General de Sostenibilidad de la Costa y del Mar, que otorgó a ENCE una prórroga de 60 años de la concesión de ocupación de una franja de dominio público marítimo terrestre destinada a fábrica de pasta de celulosa en Pontevedra, según ha informado el Tribunal Supremo tras la deliberación del asunto esta mañana.

La Sala considera que se pueden prorrogar las concesiones anteriores a la Ley General de Costas de 1988, como es el caso, siempre que consten informes medioambientales favorables. En el asunto analizado, constaban informes favorables de la Administración en esa materia.

El fallo cuenta con un voto particular de la magistrada Ángeles Huet

En otros recursos analizados en la reunión de hoy, también relativos a la prórroga de concesiones de dominio público marítimo terrestre pero referentes a viviendas, la misma Sección ha ratificado la resolución de la Administración, también apoyada por la Audiencia Nacional, de denegar la prórroga porque en esos casos la denegación venía amparada con informes medioambientales desfavorables. Se trataba de viviendas ubicadas en la playa Babilonia en Guardamar del Segura (Alicante).

El contenido íntegro de las sentencias, que contarán con el voto particular de la magistrada Ángeles Huet, se conocerá en los próximos días.