“Mi hijo solo ha podido cumplir 20 años, tres meses y 21 días”

La madre de un joven catalán arrollado por un conductor que invadió su carril en 2020 en Dumbría promueve una campaña para endurecer las penas a los delincuentes viarios

Josep Boan Rosanes, arrollado en agosto de 2020 por un conductor que invadió el carril contrario. |

Josep Boan Rosanes, arrollado en agosto de 2020 por un conductor que invadió el carril contrario. | / R. Prieto

“Obvió tres señales. No levantó el pie del acelerador. No frenó. Y al llegar a la curva, el vehículo que conducía invadió el carril por el que circulaba mi hijo. Y tras Josep circulaba su padre, que vio horrorizado como un misil impactaba contra la moto que conducía nuestro hijo. Y volvió a casa sin él”. Con esta dureza, su madre relata qué ocurrió el 20 de agosto de 2020 en la AC-442, a su paso por Dumbría (A Coruña) cuando un joven conductor invadió con su Peugeot el carril contrario. La sentencia llegó el pasado mes de diciembre: dos años de cárcel por homicidio imprudente y la retirada del carné por tres años y medio, pero que finalmente el condenado, Asier G. S., natural de O Pino y afincado en Pontevedra, no ingresará en prisión ya que carece de antecedentes, y por ahora sigue conduciendo.

“Mi nombre no importa. Solo soy una madre. La madre de un chico maravilloso que solo ha podido cumplir 20 años, 3 meses y 21 días. Mi hijo se llamaba Josep Boan Rosanes. Y Josep no podrá disfrutar más de la vida que su padre y yo le dimos porque un conductor decidió pisar el acelerador y circular a más de 130 km/h por una carretera comarcal sin arcén”. Así comienza el escrito en el que impulsa una recogida de firmas para reclamar mayores condenas para los delincuentes viarios.

Con esta campaña (https://www.change.org/p/pedimos-una-mayor-condena-para-los-delincuentes-viales), iniciada el martes por la noche y que ayer por la tarde ya rozaba las 2.500 firmas, reclama la modificación del artículo 142 del Código Penal, que prevé penas de 1 a 4 años de prisión para los casos de homicidio imprudente, sea modificado para equipararse a las penas que se aplican en otros países del entorno, como Francia, que establece condenas de entre 3 y 5 años de cárcel.

Para las familias no hay condena que resarza la pérdida de un hijo, un hermano, un padre… Pero al menos esperan que el culpable responda por el delito cometido al volante, máxime cuando el responsable omite la obligación de socorrer a la víctima, no se aprecia arrepentimiento alguno, ni pide perdón a los familiares durante el juicio.

Esta realidad es la que le ha tocado a la familia de Joan Boan Rosanes, un joven catalán de 20 años que, en el 2020, mientras estaba de vacaciones con su padre en Galicia, fue víctima de una negligencia al volante por parte de un conductor que circulaba a al menos 116 kilómetros por hora en una curva limitada a 70 km/h —para que fuera velocidad penal y, en consecuencia, delito doloso y no una imprudencia tendría que circular 80 km/h por encima del límite—. La vía en la que ocurrió el impacto mortal, la AC-442, es de doble sentido, con dos carriles separados por línea continua, estaba seca, limpia y en buen estado de conservación, la visibilidad era buena y sin condiciones atmosféricas desfavorables, según recoge el informe de la Guardia Civil de Tráfico.

La sentencia, que acaba de ser recurrida por la familia, no fue capaz de subsanar mínimamente el dolor causado. Aunque se concluye que el conductor “omitió las más elementales normas de precaución y cautela”, y certificó que se produjo un “exceso de velocidad”, la condena se queda en dos años de cárcel y la retirada del carné por tres años y medio. Tanto la familia como la Fiscalía reclamaban 4 años de cárcel y 6 de retirada del permiso de conducir. Durante el juicio, la madre expone que el conductor mintió alegando circular a 70 km/h —la sentencia concluye que circulaba al menos a 116 km/h— y haber visto a un animal, pero sin dar ninguna explicación de por qué omitió la ayuda que debía a la persona que embistió.

Desde que ocurrió el accidente, su madre no ha parado de denunciar el caso, y esta semana ha impulsado una recogida digital de firmas para reclamar que los delincuentes viarios se enfrenten a penas más severas por sus actos. Reclama que las víctimas no sean sólo cifras, y que el artículo 142 del Código Penal, que prevé penas de 1 a 4 años de prisión, y ninguna sanción económica, para los causantes del accidente sea modificado para equipararse a otros códigos penales, como el de Francia, que establece condenas de entre 3 y 5 años de cárcel, sin margen de elección para el juez, imponiendo también una sanción económica (de 45.000 a 75.00 euros).

“Mi hijo es uno de los números de la lista que la DGT publicó en 2020. Me niego a aceptan que mi hijo, nuestros hijos, sean solo un número”, reivindica. “¿Y los homicidas? ¿Qué sabemos de los homicidas que han matado a nuestros hijos, hermanos, padres amigos..? ¿Qué dicen los políticos, los responsables de Tráfico, los jueces y fiscales?”, se pregunta, al tiempo que responde que “poco o nada”. Las cifras dejan constancia de la lacra de la accidentalidad viaria, tal y como recoge en su escrito de publicaciones recogidas sobre este tema en este diario: los delincuentes viarios representan el 9%de la población penitenciaria. Y según datos de la Fiscalía de Seguridad Vial en Galicia, apenas un 2% de los delincuentes al volante ingresan en prisión, y la mayoría lo hace por la suma de condenas menores, no por haber causado la muerte a nadie.

Suscríbete para seguir leyendo