Los notarios podrán autorizar actos jurídicos ‘online’

Agustí Salá

La digitalización avanza. Por primera vez en la historia, los notarios podrán prestar servicios online si así lo requieren los ciudadanos o las empresas. Eso es consecuencia de la aprobación de la ley de transposición de directivas de la UE, que incluye la digitalización de actuaciones notariales.

En un plazo de seis meses tras su publicación en el Boletín Oficial del Estado de esta normativa se podrán realizar online numerosos actos o contratos con la misma seguridad jurídica que cuando acuden a una notaría. La autorización y firma de estos documentos se llevará a cabo en la sede electrónica notarial mediante el uso de videoconferencia y firma electrónica cualificada.

El Consejo General del Notariado calcula que se podrían llegar a autorizar y firmar por vía online más de 3,2 millones de documentos notariales al año. Se engloban en este apartado todos los societarios, las pólizas mercantiles, diversos tipos de poderes notariales, las cartas de pago, cancelaciones de garantías, los testimonios de legitimación de firmas, etcétera.

“La seguridad jurídica la aportará siempre la intervención notarial”, explica José Ángel Martínez Sanchiz, presidente del Consejo General del Notariado. El hecho de que un otorgamiento se produzca a distancia no eliminará ni minorará ninguno de los controles que lleva aparejados la función notarial. Esta norma da la posibilidad de otorgar ‘online’ determinados documentos públicos para aquel que lo necesite o prefiera. Es una vía alternativa.