Ya hay jurisprudencia: una empleada del hogar coruñesa consigue una pensión sin contar con 15 años cotizados

El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia se la otorgó pesa a contar con 501 días cotizados y no los 700 que exige la Seguridad Social

Ya hay jurisprudencia: una empleada del hogar gallega consigue una pensión sin contar con 15 años cotizados

Ya hay jurisprudencia: una empleada del hogar gallega consigue una pensión sin contar con 15 años cotizados

Ya hay jurisprudencia. Tras la sentencia del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia se ha marcado un precedente muy importante para las empleadas del hogar en España. Tras un largo camino, una trabajadora doméstica de A Coruña ha conseguido acceder a una pensión contributiva de jubilación con solo 501 días cotizados.

Hasta ahora, para cobrar una pensión de jubilación en España, era requisito ineludible haber cotizado al menos 700 días en los últimos 15 años. Sin embargo, esta trabajadora no llegaba al mínimo (tenía 501) y tras el rechazo de su solicitud por parte del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) decidió llevar su caso a los tribunales.

Ahora, el Tribunal Superior de Xustiza le dio la razón, eliminando el coeficiente de parcialidad, que ajusta los días cotizados por las personas que trabajan a tiempo parcial. Esta decisión se basa en la sentencia del Tribunal Constitucional (STC 91/2019), que estableció que aplicar el coeficiente de particalidad puede suponer una discriminación indirecta por razón de sexo, pues la mayoría de las personas que trabajan a tiempo parcial en sectores como el empleo doméstico son mujeres. Por esta razón, el tribunal decidió que cada día trabajado debía contarse como un día completo de cotización.

Qué consecuencias tiene esta sentencia de cara al futuro

Este fallo tiene importantes implicaciones para el futuro de las trabajadoras del hogar, ya que abre la puerta a que más personas en situaciones similares puedan acceder a la pensión contributiva, a pesar de no cumplir estrictamente los 15 años de cotización.

La sentencia subraya la importancia de aplicar criterios más justos y equitativos en beneficio de colectivos vulnerables como el de las empleadas del hogar.

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